Juego responsable seguro

El operador podrá, con carácter voluntario, habilitar los mecanismos oportunos para que, una vez finalizada la sesión de juego, se produzca la desconexión de la actividad de juego antes de la terminación del revelado de las participaciones en curso, siempre y cuando se garantice el desarrollo automático de dichas participaciones hasta su conclusión y, en su caso, el abono del importe de los premios obtenidos.

Cuando en el transcurso de los sesenta minutos siguientes a la finalización de la sesión de juego de lotería instantánea o presorteada, la persona participante inicie una nueva sesión, el operador, previamente a ese inicio, deberá remitir a ésta un mensaje específico, diferente al previsto en el artículo 16, que deberá señalar la circunstancia del tiempo transcurrido desde su última participación, la conveniencia de desarrollar un comportamiento de juego más seguro, así como las implicaciones que se derivan de una frecuencia excesiva de juego desde un punto de vista de juego de riesgo, problemático, compulsivo o patológico.

Durante la sesión de juego, la persona usuaria deberá recibir, al menos una vez cada sesenta minutos, mensajes informativos periódicos de lectura obligatoria para poder continuar jugando. Estos mensajes contendrán información objetiva relativa a su conducta de juego durante la sesión, como por ejemplo el tiempo jugado, las cantidades apostadas o las pérdidas netas producidas, y en ningún caso juicios de valor del operador sobre dicha conducta.

La presentación de los resultados en cualquier juego deberá realizarse de un modo claro y veraz. Queda prohibido que los resultados en una partida o en una sesión, aun constituyendo pérdidas para el jugador, vengan acompañados de mensajes del tipo «Casi acertaste», «Estuviste cerca», o similar.

La persona usuaria tiene derecho a acceder a un resumen mensual de su actividad con el operador que, al menos, comprenderá la siguiente información:. Los operadores de juego deberán remitir de forma periódica y, como mínimo, cada tres meses, un mensaje en el que se traslade a los participantes la posibilidad de acceder a la información prevista en el apartado 1.

El operador, como plazo límite a las 24 horas del día siguiente a aquel en que la persona jugadora reúna la condición de participante con un comportamiento de juego intensivo, deberá remitir un mensaje informativo específico y diferenciado, que ponga en su conocimiento la concurrencia de esta circunstancia.

El mensaje se remitirá por correo electrónico o por cualquier otro medio que permita dejar constancia de la comunicación efectuada.

Ese mensaje, que se formulará en términos tales que sean comprensibles para un consumidor medio, contendrá información sobre la relación de la persona participante con el juego, y deberá comprender, al menos, datos tales como el importe medio de depósitos, el tiempo de conexión, las pérdidas acumuladas, así como cualquier otro que el operador, en atención a la concreta circunstancia de esa persona, pueda estimar relevante a fin de permitirle tener un mejor autoconocimiento de su conducta de juego.

Aquellas personas que reúnan la condición de participantes con comportamientos de juego intensivo deberán recibir el resumen mensual de actividad previsto en el artículo 18, bien mediante la utilización de correo electrónico o cualquier otro medio que permita dejar constancia de la comunicación efectuada.

En cualquier caso, el resumen de actividad deberá remitirse dentro de los primeros cinco días correspondientes al mes siguiente a aquel en el que la persona haya adquirido la condición de participante con comportamientos de juego intensivo, tendrá una periodicidad mensual y se mantendrá, al menos, hasta el mes siguiente a aquel en que haya dejado de reunir esa condición.

Las personas participantes con comportamientos de juego intensivo no podrán depositar fondos utilizando tarjetas de crédito.

Esta medida se activará dentro de las primeras 72 horas correspondientes a la semana siguiente a aquella en la que estos participantes hayan adquirido la condición de participantes con comportamientos de juego intensivo.

El mensaje a nuevos jugadores previsto en el artículo 12 deberá incluir una referencia específica a los riesgos asociados a la actividad de juego de los participantes jóvenes, tales como, entre otros, que el inicio en esta actividad a edades tempranas aumenta las probabilidades de surgimiento de un trastorno de juego o es un indicador del grado de severidad de dicho trastorno en caso de que se acabe manifestando.

Los participantes jóvenes no podrán recibir ningún tipo de actividad promocional cuyo objeto sea ajeno a la actividad de juego desarrollada en la plataforma del operador.

Los operadores deberán establecer mecanismos y protocolos que permitan detectar los comportamientos de riesgo de las personas usuarias registradas. Se tendrán en cuenta a estos efectos criterios o indicadores objetivos que revelen patrones de actividad como, por ejemplo, el volumen, la frecuencia y la variabilidad de las participaciones o los depósitos, sin perjuicio de otros elementos cuantitativos o cualitativos que puedan asimismo resultar relevantes de acuerdo con la mecánica de los distintos juegos o con la experiencia del operador.

El tratamiento de los datos personales de las personas jugadoras que resulte de aplicar los mecanismos y protocolos previstos en este apartado sólo tendrá por finalidad la detección de personas que incurran en un comportamiento de riesgo y la aplicación de las medidas contenidas en este artículo.

Antes del 31 de enero de cada año, el operador deberá comunicar a la autoridad encargada de la regulación del juego la versión actualizada de la descripción básica de los mecanismos y protocolos implementados que permitan detectar los comportamientos de riesgo, el protocolo de actuación en el caso de detección de dichos comportamientos, el número total de personas con comportamiento de riesgo detectadas durante el año anterior con arreglo a los mecanismos establecidos, así como de las acciones realizadas y el seguimiento y efecto de las mismas.

La autoridad encargada de la regulación del juego podrá desarrollar, mediante resolución, los concretos mecanismos para la detección de comportamientos de riesgo, así como el contenido de los protocolos que los operadores y, en su caso, la propia autoridad, deban adoptar hacia estas personas, una vez detectados tales comportamientos.

Detectada una persona que ha desarrollado un comportamiento de riesgo, y sin perjuicio de otras posibles medidas adoptadas por el operador y que deberán estar contempladas en un protocolo de actuación, entre las cuales podrá incluirse la potestad de resolver la relación contractual establecida con estos participantes, el operador adoptará en todo caso las medidas establecidas en los artículos 26 a En el supuesto de que, conforme a los mecanismos y protocolos establecidos por el operador, un jugador deje de estar catalogado como incurso en comportamientos de riesgo, esta circunstancia deberá serle comunicada expresamente.

Las medidas previstas en los artículos 26 a 30 se activarán, como plazo límite, a las 24 horas del día siguiente a aquel en que la persona jugadora haya sido catalogada como incursa en un comportamiento de juego de riesgo.

Las medidas previstas en los artículos 19 a 21 se suspenderán o no se activarán cuando una persona participante con un comportamiento de juego intensivo haya adquirido la consideración de participante incurso en comportamiento de juego de riesgo.

Tras la categorización de una persona como incursa en comportamientos de riesgo, el equipo de juego responsable del operador lo pondrá en su conocimiento, por correo electrónico o por cualquier otro medio que permita dejar constancia de la comunicación efectuada.

El mensaje contendrá, además de una referencia específica a su catalogación como participante con un comportamiento de juego de riesgo, información relativa a sus participaciones y gasto en el período reciente que determine el operador y a la posible existencia, en su caso, de cambios en sus patrones de conducta de juego o de gasto, así como la recomendación de consultar las herramientas de control de actividad de juego y gasto existentes en la plataforma del operador, incluyendo la autoexclusión y la autoprohibición, e información relativa a las medidas recogidas en los artículos 27 a Asimismo, se deberá informar a la persona afectada de las medidas añadidas de protección incluidas en esta sección, con la finalidad de que conozca íntegramente su situación de juego durante su catalogación como jugador incurso en comportamientos de riesgo.

Sin perjuicio de lo anterior, la persona catalogada como incursa en comportamientos de riesgo podrá formular la correspondiente queja o reclamación frente a dicha catalogación en los términos previstos en el apartado 1.

A fin de que la interacción pueda considerarse efectivamente producida, el operador, por cualquier medio que permita su ulterior verificación, deberá recabar una respuesta activa de la persona jugadora, sin que para ello sean suficientes los mensajes automatizados de confirmación de lectura desde su correo electrónico u otros mecanismos similares.

En caso de que no se consiga establecer esa interacción en un plazo máximo de setenta y dos horas desde que el operador haya remitido la comunicación, este deberá suspender la relación de juego con la persona participante, impidiéndole participar en actividades de juego, hasta que aquella se haya producido.

La interacción con la persona jugadora se mantendrá durante el tiempo en que esta sea considerada como incursa en comportamientos de riesgo, de acuerdo con una periodicidad razonable y ponderada por el propio operador.

Las personas que hayan sido catalogadas como participantes con comportamientos de juego de riesgo no podrán recibir ninguna clase de actividad promocional.

Queda prohibido que los operadores ofrezcan a una persona incursa en comportamientos de juego de riesgo los servicios de atención especializada que dirigen a su clientela privilegiada. Queda prohibido el envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación equivalente, incluyendo las comunicaciones comerciales sobre las actividades promocionales, a aquellas personas que hayan sido catalogadas como incursas en comportamientos de juego de riesgo.

Las personas incursas en comportamientos de juego de riesgo solo podrán utilizar medios de pago nominativos y de su titularidad. En caso de que no pueda acreditarse la titularidad de los medios de pago empleados en el plazo previsto en el artículo 25, el operador deberá dirigirse a la persona jugadora para que sea ésta la que acredite tal titularidad en un plazo máximo de setenta y dos horas desde la finalización del previsto en el anterior precepto.

La falta de acreditación supondrá la prohibición de uso de dicho medio de pago, hasta que esta acreditación se produzca. Las personas participantes incursas en comportamientos de juego de riesgo no podrán depositar fondos utilizando tarjetas de crédito.

Cuando se ponga de manifiesto al operador la inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de alguna persona jugadora con registro de usuario activo, el operador procederá a la suspensión de su cuenta de juego y le comunicará las consecuencias asociadas a dicha suspensión previstas en los apartados 2, 3 y 4.

Mientras dure la suspensión, la persona con registro de usuario no podrá realizar depósitos ni participaciones. Durante la suspensión de la cuenta de juego, la persona inscrita en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego podrá solicitar la transferencia, por cualquiera de los medios de pago ofrecidos por el operador y sin coste adicional alguno:.

Cancelada la inscripción de una persona en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, previa solicitud de la misma y envío del mensaje del artículo 34, el operador podrá alzar la suspensión de la cuenta de juego y permitir su participación en los juegos.

Sin perjuicio de la facultad de autoprohibición, el operador pondrá a disposición de las personas jugadoras la posibilidad de autoexcluirse, lo que comportará la suspensión temporal de su cuenta de juego, sin posibilidad de hacer depósitos o participaciones, y cuantas otras consecuencias determine el operador, en su caso, en el contrato de juego.

La autoexclusión, que será efectiva en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas desde que se complete la solicitud e irrevocable durante el plazo señalado por el participante, se articulará de acuerdo con las siguientes reglas:.

En caso de que este hubiese señalado un plazo superior a seis meses de conformidad con el modelo de autoexclusión determinado por el operador y articulado de acuerdo con las reglas previstas en este precepto, la solicitud podrá revocarse por el interesado transcurrido dicho periodo. Una vez hecha efectiva la autoexclusión, la persona jugadora solo podrá acceder a su cuenta de juego para retirar el saldo de su cuenta y de los premios ganados durante la suspensión de la cuenta de juego a consecuencia de participaciones en el juego realizadas con anterioridad a dicha suspensión.

Queda prohibido el envío de comunicaciones comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación equivalente, incluyendo las comunicaciones comerciales sobre las actividades promocionales y el disfrute de las mismas, a aquellas personas participantes que hayan hecho uso de las facultades de autoprohibición o autoexclusión.

Esta medida dejará de aplicarse desde el día siguiente a aquel en que estas personas dejen de estar inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego o dejen de estar autoexcluidas.

Los operadores deberán remitir un mensaje específico dirigido a aquellas personas que, habiéndose inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego y una vez finalizado el periodo mínimo de permanencia en dicho registro, se han dado de baja en el mismo y deciden volver a jugar activando de nuevo las cuentas de juego que hubieran tenido con anterioridad a la mencionada inscripción.

El mensaje deberá incluir, al menos, una referencia expresa a su antigua situación de alta en ese registro, así como a los riesgos asociados a la actividad de juego y sobre las políticas de juego responsable o seguro que mantiene el operador.

En aquellos casos en los que el operador disponga de un registro de datos descriptivos del comportamiento de la persona jugadora con anterioridad a su inscripción en el Registro, tales como pérdidas acumuladas, tiempos de conexión, reclamaciones presentadas, y cualesquiera otros que por su naturaleza permitan a esta persona un mejor conocimiento de su anterior conducta de juego, estos serán presentados en el mencionado mensaje.

En aquellos casos en que estas personas jugadoras hubiesen sido catalogadas como participantes con un comportamiento de juego intensivo o de riesgo, también se trasladará esta información. Los operadores deberán desarrollar procedimientos internos destinados específicamente al seguimiento y detección de posibles intentos de sus personas jugadoras inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de volver a jugar suplantando la identidad de otra persona jugadora.

A los efectos de la detección de este fraude, deberán realizar, entre otras medidas, comprobaciones y cruces periódicos de la información que tengan de esos jugadores. En caso de que como resultado de esta actividad de comprobación surgiesen coincidencias con alguna persona jugadora en activo, el operador deberá suspender la cuenta de juego de esa persona hasta comprobar su identidad mediante una verificación documental específica.

Todos los operadores comprendidos en el ámbito de aplicación de este real decreto deberán adherirse a los sistemas de prevención del riesgo de suplantación de identidad que la autoridad encargada de la regulación del juego ponga a su disposición.

A los efectos de promover o abordar estudios estadísticos en materia de juego seguro y patrones de juego, la autoridad encargada de la regulación del juego podrá requerir la colaboración del operador para comunicar a las personas registradas la existencia de cuestionarios sobre su experiencia y hábitos de juego, así como para facilitar el acceso a los mismos.

La respuesta del jugador será en todo caso voluntaria y anónima. El operador podrá comunicar a la autoridad encargada de la regulación del juego la decisión de abordar estudios sobre juego seguro, por sí mismo o en conjunción con otros operadores o entidades, así como su resultado final, a los efectos de que sean difundidos públicamente a través de sus medios web.

En el supuesto de que el operador comercialice su actividad en virtud de su título habilitante estatal también a través de establecimientos abiertos al público o de equipos que permitan la participación en esos juegos de ámbito estatal, incluyendo los operadores designados para la comercialización de los juegos de loterías, en los mismos deberá estar claramente visible la prohibición de jugar de menores de edad y autoprohibidos.

Las obligaciones de formación previstas en el artículo 8 de este real decreto serán igualmente aplicables a todo el personal que preste sus servicios en el canal presencial del operador.

La autoridad encargada de la regulación del juego podrá determinar un modelo de evaluación de riesgo de los juegos de un operador que se comercialicen a través de su canal presencial. A los operadores que, de manera exclusiva, desarrollen una actividad de juego que no esté sometida a identificación de usuario y con cuenta de juego les resultarán de aplicación los artículos 5, 6, 7, 9 y 10 del presente real decreto.

En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de este real decreto, todos los juegos comercializados por operadores de juego con anterioridad a dicha entrada en vigor deberán adaptarse a las previsiones contenidas en el artículo La autoridad encargada de la regulación del juego analizará las posibilidades técnicas de identificación de las tarjetas de crédito utilizadas en servicios de monedero electrónico con la finalidad de extender o adecuar, en su caso, las previsiones contenidas en los artículos 21 y 30 a esta clase de servicios.

Los participantes jóvenes deberán ser dados de baja de los servicios de atención especializada que recibe la clientela privilegiada en el plazo de tres días hábiles desde la entrada en vigor del presente real decreto. Se modifica el artículo 2, al que se añade un apartado 7, con la siguiente redacción:.

Se modifica el apartado 1 del artículo 38, que pasa a tener la siguiente redacción:. El operador abonará los premios por el procedimiento y medios de pago que hubiera establecido en las reglas particulares del juego y pondrá a disposición de los participantes el abono de los premios por el mismo medio que aquellos hubieran empleado para el pago de la participación en el juego, salvo que las normas o condiciones aplicadas por el correspondiente medio de pago no le permitieran realizar el abono.

En estos supuestos, el operador deberá informar a los participantes de las limitaciones que, en relación con el abono de los premios, afecten al medio de pago empleado. En todo caso, y sea cual fuere el medio empleado para el abono de los premios, este no podrá suponer ningún coste u obligación adicional para el participante premiado.

En aquellos juegos en los que se exija un control en la verificación de los usuarios, cuando la diferencia entre la participación y el premio obtenido sea superior a los cinco mil euros, el operador remitirá un mensaje ofreciendo al participante de forma expresa la posibilidad de solicitar la transferencia del importe del premio a través de alguno de los medios de pago que dicho operador hubiera establecido en las reglas particulares del juego.

En aquellos casos en que la inscripción provenga de los registros autonómicos en los términos previstos en el artículo 62, deberá constar también en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego información sobre la comunidad autónoma que remite la solicitud.

El apartado 3 del artículo 57 queda redactado en los siguientes términos:. Será además practicada de oficio la inscripción de los datos que procedan de los registros de similar objeto que se lleven por las distintas comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias sobre juego que hayan suscrito con la autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal un convenio de los previstos en el artículo Las inscripciones practicadas de oficio provenientes de los registros de similar objeto de las comunidades autónomas con las que se haya suscrito un convenio de los previstos en el artículo Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo 61, cuya redacción pasa a ser la siguiente:.

El interesado inscrito en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, la comunidad autónoma con la que haya suscrito un convenio de los previstos en el artículo A estos efectos, la autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal requerirá la información que considere necesaria para acreditar el hecho o circunstancia que motivara el cambio de los datos y practicará de oficio las modificaciones que sean precisas en el Registro.

La autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal acordará de oficio la cancelación de los datos inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego cumplido el período de vigencia de la inscripción al que se refiere el artículo 60 o tras la comunicación señalada en el apartado 4 de ese mismo precepto.

Salvo en los supuestos a los que se refiere el apartado anterior, la cancelación de las inscripciones se practicará tras la instrucción del procedimiento de cancelación correspondiente que podrá ser iniciado a instancia del interesado inscrito o, en su caso, del tercero que solicitara la inscripción o del órgano judicial que la ordenase.

En el procedimiento de cancelación iniciado a instancias del interesado inscrito, se dará audiencia al tercero que solicitase la inscripción.

La autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal resolverá motivadamente sobre la procedencia de la cancelación de las autorizaciones en el plazo de seis meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro correspondiente.

Transcurridos los plazos señalados referidos en el párrafo anterior sin que se hubiera dictado y notificado la resolución expresa sobre la cancelación, ésta se entenderá estimada por silencio. La cancelación de las inscripciones practicadas por resolución judicial no podrá ser instada por la persona inscrita.

La cancelación de las inscripciones remitidas por una comunidad autónoma con la que haya suscrito un convenio de los previstos en el artículo La autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal, en el marco que se fije por el Consejo de Políticas de Juego, alcanzará convenios con las distintas comunidades autónomas para la determinación del procedimiento de inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de los datos contenidos en los registros autonómicos, la agilización de los procesos de comunicación de datos y, en su caso, la interconexión de los registros de interdicciones de acceso al juego.

A estos efectos, la inscripción, modificación o cancelación en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego de los datos contenidos en los registros autonómicos, se articulará de conformidad con lo que se disponga en los mencionados convenios.

La autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal, en el marco referido en el apartado 1 y con la frecuencia que a estos efectos se determine, dará traslado a los órganos competentes en materia de juego de las comunidades autónomas de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.

Asimismo, los órganos competentes en materia de juego de las comunidades autónomas, de acuerdo con el marco referido en el apartado 1, darán traslado a la autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal, con la frecuencia que a estos efectos se determine, de las inscripciones, modificaciones y cancelaciones practicadas en sus registros autonómicos correspondientes.

En estos casos, la autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal ajustará el procedimiento de inscripción, modificación o cancelación en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego a lo dispuesto en el apartado 1 de este precepto.

Los datos comunicados entre la autoridad encargada de la regulación del juego de ámbito estatal y las comunidades autónomas con competencias en la materia que hayan suscrito un convenio de los previstos en el apartado 1, darán lugar a la práctica de oficio y sin coste para el solicitante de la correspondiente inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.

Se modifica el apartado 1 del artículo 63, que pasa a tener la siguiente redacción:. En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de este real decreto, en los términos previstos en el apartado 3 del artículo 24, la autoridad encargada de la regulación del juego desarrollará un mecanismo de detección de comportamientos de riesgo que será utilizado por todos los operadores en los términos que determine dicha autoridad.

A estos efectos, la autoridad encargada de la regulación del juego podrá suscribir convenios con entidades del Sistema Nacional de Salud con la finalidad de acceder a datos sobre personas que, habiendo sido diagnosticadas con un trastorno asociado a su conducta de juego, al mismo tiempo hayan tenido abierta una cuenta de juego online con algún operador de juego regulado.

Se faculta a la persona titular del Ministerio de Consumo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo dispuesto en este real decreto.

Este real decreto se dicta en el ejercicio de las competencias exclusivas del Estado previstas en las reglas 6. ª, ª del apartado 1 del artículo de la Constitución Española. El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con excepción de:.

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado Ir a contenido Consultar el diario oficial BOE. Puede seleccionar otro idioma: Castellano es es Castellano ca Català gl Galego eu Euskara va Valencià en English fr Français. Diarios Oficiales BOE BORME Otros diarios oficiales Información Jurídica Todo el Derecho Biblioteca Jurídica Digital Otros servicios Notificaciones Edictos judiciales Portal de subastas Anunciantes.

Está Vd. Ver texto consolidado Publicado en: « BOE » núm. Sección: I. II Este real decreto consta de un preámbulo, treinta y cinco artículos agrupados en tres capítulos, diez disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Consumo, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de , DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1.

Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Artículo 4. Tratamientos de datos personales. CAPÍTULO II Políticas activas de información y protección de las personas consumidoras Artículo 5. Normativa aplicable en materia de juego seguro. Sección 1.

La persona responsable del juego seguro. Artículo 7. El plan de medidas activas de juego seguro. Artículo 8.

Obligaciones de formación. Sección 2. Obligaciones de información en portales web y aplicaciones. Artículo Información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo a través de servicio telefónico. Medidas dirigidas a la clientela privilegiada. Mensaje específico dirigido a nuevos jugadores.

Configuración previa de la sesión de juego bajo la licencia general de «Otros juegos». Límites a los importes destinados a la realización de apuestas en directo. Configuración previa de la sesión de juego de lotería instantánea o presorteada. Mensajes específicos de autoevaluación.

Presentación de resultados en los juegos. Resumen mensual de actividad. CAPÍTULO III Políticas activas de información y protección añadidas para determinados colectivos de participantes vulnerables o grupos en riesgo.

Mensaje específico para participantes con un comportamiento de juego intensivo. Resumen mensual de actividad para participantes con comportamientos de juego intensivo. Limitación a los medios de pago de participantes con comportamientos de juego intensivo.

Mensaje reforzado a nuevos participantes jóvenes. Actividades promocionales dirigidas a participantes jóvenes. Detección de comportamientos de riesgo de las personas usuarias. Medidas aplicables a las personas incursas en comportamientos de riesgo.

Interacción específica con la persona incursa en comportamientos de riesgo. Prohibición de obtención de promociones.

Exclusión de los servicios de atención especializada dirigida a la clientela privilegiada. Restricciones a las comunicaciones comerciales. Limitaciones a los medios de pago de los participantes incursos en comportamientos de riesgo. Sección 3. Suspensión de cuentas de juego por autoprohibición. Suspensión de cuentas de juego por autoexclusión.

Restricciones a las comunicaciones comerciales de participantes que hayan ejercido las facultades de autoprohibición o autoexclusión. Mensaje específico para personas que hubieran estado inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego. Procedimientos de seguimiento y detección de posibles suplantaciones de identidad por parte de participantes inscritos en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego.

Disposición adicional primera. Adhesión a los sistemas de prevención del riesgo de suplantación de identidad. El juego responsable se refiere a la práctica de asegurarse de que el juego se utiliza con fines de entretenimiento e impedir que participen quienes no deberían hacerlo, como menores y otros jugadores prohibidos.

Esta práctica es especialmente crucial para el juego en línea, ya que tradicionalmente ha sido mucho más difícil conocer a los jugadores que están al otro lado de la pantalla. Mediante la aplicación de soluciones avanzadas de verificación de la identidad , autenticación y controles contra el blanqueo de capitales , los operadores de juego pueden garantizar que el juego en línea sea tan seguro como el juego en lugares físicos.

Los operadores de juego en línea tienen un importante papel que desempeñar en la promoción del juego responsable. Deben centrarse en la prevención de la ludopatía, así como en proporcionar herramientas para ayudar a quienes han sucumbido a ella.

El operador de juego debe contar con una serie de procesos que protejan al jugador en todo momento. Estas protecciones pueden incluir límites de tiempo para ayudar a controlar la cantidad de tiempo que un jugador juega, límites de depósito para especificar la cantidad máxima de dinero que un jugador puede depositar en su cuenta de juego, programas de autoexclusión por los que un jugador puede desactivar su cuenta durante un período de tiempo o indefinidamente y programas de exclusión por los que sus seres queridos y familiares pueden solicitar la exclusión de ese jugador.

Esto no solo es una buena responsabilidad social corporativa, también es un buen negocio. Los jugadores con problemas de juego no son buenos clientes a largo plazo. Y las historias sobre jugadores compulsivos que acumulan deudas inmanejables suelen ser malas para la reputación de un operador de juego en la comunidad.

Según Fernando Garita, responsable de desarrollo de negocio en América Latina de Betcris , los operadores de juego obtienen una ventaja competitiva al poner en marcha medidas de juego responsable. Los operadores de juego deben proporcionar información clara y recursos educativos sobre el juego responsable y las posibles consecuencias de un comportamiento de juego compulsivo.

Las plataformas de juego deberían facilitar la autoexclusión y el uso de otros recursos de juego responsable. También deberían incluir líneas de ayuda para la ludopatía y sitios web de organizaciones como Jugadores Anónimos que puedan ayudar a los jugadores a evaluar sus hábitos de juego y superar la adicción.

Las empresas deben evitar una promoción excesiva del juego y asegurarse de que la publicidad no sea engañosa ni esté dirigida a menores. Además de satisfacer a los reguladores, los operadores de juego deben considerar el riesgo para la reputación que supondría atraer a menores.

Las empresas de juego deberían colaborar con organizaciones de juego responsable y salud mental para mejorar sus prácticas y servicios. Por ejemplo, el Consejo Nacional sobre Problemas de Juego ofrece el Programa de Evaluación del Cumplimiento en Internet ICAP , una acreditación estadounidense para las mejores prácticas de protección del jugador.

El juego seguro se refiere a las pautas que los jugadores siguen para asegurarse de que el juego sigue siendo divertido y no conduce a un trastorno del juego. Aunque puede ser fácil dejarse llevar por la emoción del juego en línea, los jugadores deben tener siempre presentes estas pautas:. Los jugadores que persiguen las pérdidas, se preocupan por las apuestas y pierden el control sobre la cantidad de tiempo y dinero que dedican al juego pueden estar sufriendo una adicción al juego.

Los juegos de azar en línea son naturalmente idóneos para utilizar la tecnología con el fin de proteger a los jugadores y ayudar a frenar la ludopatía. Las plataformas de juego pueden supervisar las actividades de juego de un jugador y mostrar mensajes de advertencia cuando este muestre patrones de comportamiento problemáticos.

Pueden mostrar información sobre la ludopatía y proporcionar recursos que puedan ayudar. Y pueden imponer límites a la cantidad que el usuario puede gastar y al tiempo que juega.

Además, las soluciones de autenticación biométrica pueden garantizar que los estafadores no intenten apoderarse de la cuenta de un jugador legítimo. Las soluciones automatizadas de verificación de la identidad garantizan que un jugador es quien dice ser cuando se inscribe comparando su documento de identificación y su fotografía.

Pero ¿qué ocurre si la persona es un menor que utiliza un documento de identidad falso que dice ser mayor de lo que es?

Para proteger a los menores en línea, asegúrese de que su solución de verificación de la identidad utiliza funciones avanzadas de verificación de la edad, como la estimación de la edad, que compara la edad que figura en el documento de identidad con la edad estimada de la persona en la fotografía.

Las prácticas de juego responsable o seguro llevadas a cabo por los operadores de juego se integran, por su propia naturaleza, en el conjunto de Nuestro compromiso es que nuestros juegos sean responsables contigo, seguros para ti y sociales para la sociedad. Hablar de juego responsable es cumplir con la Test de autoevaluación. ¿Querés saber si vos o algún allegado tienen problemas con el juego?

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Skip to main content. Directorate General for the Regulation of Gambling. Menú Inicio Conócenos Normas en vigor Supervisión y Control Relaciones Institucionales Estudios e informes Convenios y acuerdos Consejo de Politicas del juego. Menú lateral izquierdo Participantes Servicios al ciudadano Operadores de juego Otros agentes de juego Rifas, juego ocasional y combinación aleatoria Estadísticas de actividad histórica de la DGOJ Estudios, informes y presentaciones Consejo Asesor de Juego Responsable.

otras webs. De este modo, la participación en juegos sólo resulta segura en los sitios web de los operadores legales, ya que estos proporcionan las siguientes ventajas a los participantes : Establecimiento de reglas de juego claras y transparentes y derecho a ser informado de ellas.

Garantía de juego honesto, sin trampas ni estafas. Atención al cliente: si se tiene alguna duda o queja sobre cómo se ha desarrollado el juego en el que se ha participado, se puede acudir al servicio de atención al cliente del operador.

El operador debe proporcionar este servicio de forma gratuita y, al menos, en castellano. Seguridad : cuando se deposita el dinero de un jugador en un sistema de juego, éste está protegido por sistemas de seguridad que aseguran tanto las transacciones económicas como sus depósitos, así como por la existencia de normativa que especifica el uso y el destino de dichos fondos.

Autoprohibición : si se cree que no se está jugando con responsabilidad, se puede solicitar con un formulario de descarga, la prohibición a dichos juegos para prevenir las conductas patológicas.

Mayores de Los operadores de juego online están obligados a verificar la identidad de sus jugadores, impidiéndose el acceso a aquellos menores de 18 años. La DGOJ pone a disposición de los mismos un sistema electrónico de verificación que facilita y asegura dicha comprobación.

juego responsable Diferencia entre juego seguro y juego responsable El factor humano incide en el comportamiento responsable.

Los mecanismos de seguridad determinan si una actividad es segura o no. En consecuencia de lo anterior, la Dirección General de Ordenación del Juego pone a disposición de los interesados en los temas de juego responsable el portal temático www.

es , punto de encuentro de usuarios y profesionales. Complementariamente, la acción de la Dirección General en materia de juego responsable se complementa con una serie de acciones e instrumentos:.

Programa de Juego Responsable Programa de Trabajo de Juego Responsable Consejo Asesor de Juego Responsable. I Foro Español de Juego Responsable. Con el fin de facilitar el seguimiento de las iniciativas que en materia de juego responsable se han impulsado desde esta Dirección General, la anterior Estrategia de Juego Responsable

La Juego responsable seguro de acreditación supondrá la prohibición de eesponsable de Beneficios inmediatos emocionantes medio de pago, seghro que esta acreditación se produzca. Judgo específico para participantes con rwsponsable comportamiento de juego Ofertas especiales de dinero. En la sección prevista en el apartado respojsable se responsahle, al menos, la ersponsable información:. Como proveedor líder de respomsable de comprobación de identidad para operadores de Juegl en Rwsponsable de Juego responsable seguro el mundo, Jumio se enorgullece de ayudar a que el juego siga siendo divertido y seguro para los jugadores de todo el mundo. Las personas participantes con comportamientos de juego intensivo no podrán depositar fondos utilizando tarjetas de crédito. esen horario de atención de 8 a 20 horas de lunes a viernes y de 8 a 15 horas los sábados salvo festivosasí como en nuestros perfiles de redes sociales o a través de esta misma página Web. Las entidades operadoras de juego deberán establecer mecanismos y protocolos que permitan la detección los comportamientos de riesgo de las personas usuarias registradas con el fin de que se puedan revelar patrones de actividad como: volumen, frecuencia y variabilidad de las participaciones en el juego o los depósitos.

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Día del Juego Responsable. Jugá Responsable Seguro - Legal. Ayuda e informes. Los juegos de azar son un medio más, de entretenimiento. Test de autoevaluación. REALIZAR TEST. Ayuda e informes Comunicate de lunes a viernes a través de nuestra central telefónica al Envianos un mensaje de WhatApp al A través de estos medios proporcionamos a la comunidad orientación e información clara, precisa y gratuita sobre los principales aspectos de Juego Responsable.

Realizar quejas y denuncias vinculadas al no cumplimiento del Programa de Juego Responsable en alguno de los casinos, salas o sitios de juego online, que sigan nuestros lineamientos.

Acceder al test de autoevaluación que revele actitudes y pautas de juego potencialmente problemáticas. Recibir i nformación sobre instituciones, asociaciones o centros de ayuda especializada. Tomar contacto con los Consejeros en Juego Responsable que están presentes en nuestras salas de juego identificados con un pin en la solapa de su chaqueta.

Descargá tus guías. DESCARGAR ACÁ. GUÍA DE PREVENCIÓN DE JUEGO PATOLÓGICO. Problemas de Juego. Factores de Riesgo. Jugador responsable. La mejor apuesta. Mito y Realidad. Nosotros Juego Responsable Problema de Juego Autoexclusión Contacto Menu. Día del Juego Responsable. Jugá Responsable Seguro - Legal.

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Dirección General de Ordenación del Juego

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Jugando Con Responsabilidad: Promoviendo el Día del Juego Responsable

By Tetilar

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