Logro instantáneo asegurado

La tasa de renovación debe ser igual o superior a la tarifa Inicial de la póliza. Descuentos y Recargos a la tarifa. Sector Público. La administración de las pólizas del estado, instituciones públicas y municipalidades, se regirá por las condiciones establecidas en el Addéndum para pólizas del Sector Público.

Bonificación a través de la homologación por gestión preventiva empresarial. Factores que influyen en el monto a pagar al inicio de cada período póliza. Prima Provisional. La prima provisional es la que se estima al inicio de cada período del seguro, tomando como base los montos asegurados, tal como se indica en el aparte 9.

Requisitos generales para la emisión del seguro. A efecto de tramitar el Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo, el patrono deberá proporcionar la siguiente información:.

Nombre del Patrono, persona física o jurídica. Copia de la cédula física o certificación de personería jurídica. Dirección para notificaciones o correspondencia, dirección exacta del lugar de residencia del patrono o apoderado de la empresa, u oficinas, dirección por señas, indicando el número telefónico, fax, apartado postal y correo electrónico.

Dirección exacta donde se efectúan los trabajos. Clase de trabajos a realizar en forma temporal o permanente. Actividad económica de la empresa, indicando la actividad principal a la que se dedica. Nombre, número de cédula, ocupación, salario de cada una de las personas contratadas o estimación de las personas por contratar.

Nombre y firma del patrono o representante autorizado. En caso de personas jurídicas, se debe indicar la relación existente entre el firmante y la empresa Propietario, Gerente o Representante Legal.

Para la actividad de la construcción se deberá presentar la boleta municipal original expedida por la Municipalidad respectiva en donde se indique el nombre del propietario del proyecto o vivienda y el monto s de la obra s o proyecto s.

En caso de no existir boleta municipal por estar exonerado el proyecto de la presentación de dicho requisito, debe presentar: copia de contrato de construcción o contrato de consultoría del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos CFIA , u orden de compra, tratándose de licitaciones o contratos directos.

Para emisiones de pólizas permanentes de construcción o actividades afines el monto asegurado mínimo anual es de ¢ En caso de emitir el seguro con proyectos en que el monto asegurado sea inferior al mínimo anual, se considera siempre este mínimo. Si el trámite se realiza con un Intermediario de Seguros, la solicitud de emisión debe adjuntar comprobante del depósito sobre primas donde se consigne el monto pagado, la fecha de recibo del dinero y el código del Intermediario de Seguros.

Requisitos generales para la reexpedición del seguro. A efecto de tramitar la reexpedición del Seguro de Riesgos del Trabajo, el patrono deberá proporcionar la siguiente información:. Para la reexpedición de pólizas permanentes de construcción o actividades afines el monto mínimo anual es de ¢ Aunque el Patrono, Contratista General o intermediario cuente con este seguro mínimo, para tramitar permisos de construcción ante la Municipalidad siempre debe presentar la respectiva boleta ante el Instituto, para el correspondiente aseguramiento.

Permanencia del Seguro. El seguro tiene carácter obligatorio y es permanente mientras haya vigencia de la actividad laboral. Solamente se suscribe una póliza por patrono o persona jurídica, cuando se trate de actividades económicas afines.

En el caso de que algún patrono haya suscrito un nuevo seguro para la misma actividad, se le cancelará el seguro nuevo emitido y se procederá a reexpedir la póliza inicial trasladando las primas pagadas, dando vigencia a ésta a partir de la fecha de emisión del seguro que se canceló.

También se trasladarán planillas, casos y costos a la póliza emitida inicialmente. Lo anterior operará también cuando suscriba un seguro bajo una nueva persona física o jurídica en que coincidan las siguientes variables conjuntamente, previa comprobación por parte del Instituto:.

Mantiene los mismos trabajadores,. Lugar de los trabajos,. Actividad económica,. Salvo en aquellos casos en que el asegurado haya cumplido con lo establecido en el aparte Pólizas Temporales. Se emiten para una actividad determinada, que tiene su fin en una fecha conocida. Las pólizas suscritas para actividades cuya duración es menor a un año, deberán realizar el pago por adelantado y no puede ser fraccionada.

Las pólizas suscritas para actividades cuya duración es mayor a un año pero menor a dos años podrán realizar el pago de forma fraccionada con el correspondiente recargo de pago fraccionado. Las pólizas suscritas para actividades que superen los dos años se catalogarán como permanentes.

Monto Asegurado. Por efectos prácticos, el resultado se redondea a diez miles. Se entenderá por asegurado, al propietario de la obra o al contratista general que haya suscrito la póliza para cubrir un determinado proyecto. Cuando se trate de actividades de construcción y afines, según se define en el aparte 20 Definiciones de esta Norma, conforme se describen en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas CIIU 3 , las pólizas que se emitan serán por un monto asegurado que se calculará, multiplicando el valor de la obra indicado en boleta municipal, contrato de consultoría del CFIA, licitación pública, licitación privada, contrato directo ó contrato por servicios u orden de compra, por el porcentaje aportado por el patrono.

En caso de existir diferencias en los montos de los documentos citados, prevalecerá el superior. La estimación del valor de la mano de obra en el proyecto será la declarada por el patrono, según la naturaleza de la obra y previo a la iniciación de esta.

Además, deberá aportar la justificación técnica del proceso constructivo, resumen de presupuesto y cronograma de obra que lo respalde. En caso de que el patrono, contratista general ó intermediario omita la presentación de los atestados indicados en el apartado 9.

Naturaleza de la obra. Edificaciones generales. Obra Civil intensivas en maquinaria y materiales acueductos, carreteras, puentes, líneas eléctricas subterráneas, movimientos de tierras, excavaciones, obra hidroeléctrica y electromecánica. Para esto, el seguro debe ser suscrito directamente por el beneficiario.

Si el valor de la obra sobrepasa el monto de construcción de interés social aprobado por el BANHVI vigente a la fecha de otorgamiento del bono, se aplicarán los porcentajes correspondientes a las edificaciones generales. Cuando se trate de un asegurado, persona física o jurídica, que permanentemente se dedica a la actividad de construcción o actividades afines, la póliza debe ser permanente y el monto asegurado para el período se determinará de la siguiente manera:.

Se suma el monto de todos los proyectos de conformidad con el valor indicado en los documentos referidos en el inciso 9, del apartado 9. Para la póliza del propietario, contratista general o intermediario, en la determinación del monto asegurado, le serán descontados todos aquellos montos correspondientes a etapas del proyecto a cargo de intermediarios que cumplan con los siguientes requisitos:.

Cuando en el transcurso del período vigente de la póliza, se genera un cambio en el monto asegurado en razón de un nuevo proyecto o subcontrato, se deberá informar por escrito al Instituto previo a la iniciación del mismo, para que mediante la aplicación del proceso indicado en el punto 1.

anterior, sea actualizada la prima por el resto del período de vigencia del seguro si así lo amerita. La omisión de este requisito implica que la obra se tasará con el porcentaje de obra indicado en el punto Edificaciones Generales de la tabla incluida en el aparte 9. Empresa: nombre de la empresa como consta en el registro del Instituto, es decir con el que se emitió la póliza.

Póliza Nº: se refiere al número de la póliza de Riesgos del Trabajo vigente en la cual se aseguran los trabajadores para el proyecto en cuestión. Ubicación: provincia, cantón, distrito, señas exactas de la ubicación del proyecto. Costo del proyecto según boleta municipal, licitación pública, licitación privada, contrato directo, contrato por servicios u orden de compra: se anota el valor de la obra consignado en el documento referido.

Fecha de inicio y finalización del proyecto: fechas aproximadas. Monto Global del proyecto asumido por el patrono asegurado.

Monto de mano de obra estimado por el asegurado. Dicho monto será revisado por profesionales en ingeniería del Instituto. Se debe señalar las etapas del proyecto que se subcontratarán, la duración, el inicio y conclusión del trabajo de cada uno de los subcontratos.

De existir los intermediarios al momento de presentar la información, se debe indicar el nombre o razón social del mismo, el monto de la obra asumida y la actividad subcontratada. No obstante, el hecho de declarar de previo los subcontratos, no exime al contratista de la responsabilidad por la etapa subcontratada, hasta tanto, el Instituto no emita la constancia respectiva que avala el aseguramiento, previo a la iniciación de la actividad subcontratada.

Si el propietario de la obra, contratista general o intermediario solo señala las etapas del proyecto asumido por los intermediarios, sin citar sus nombres y números de póliza, deberá cumplir adicionalmente con los siguientes requisitos:. El propietario de la obra o contratista deberá aportar la constancia del seguro de los intermediarios, que será el único documento que le exima del pago de la prima correspondiente.

El Instituto procederá a validar la información de los intermediarios y se mantendrá como parámetro la fecha inicialmente declarada, salvo que el contratista general haya efectuado las variaciones respectivas antes del vencimiento de ese plazo. Presentar al Instituto copia del contrato o el formulario definido por el Instituto para reportar los detalles del contrato de construcción, requeridos para tramitar la constancia.

Igual procedimiento deberá seguir cuando exista una readecuación del valor declarado inicialmente. Para todas las partidas y subcontratos declarados al inicio del proyecto, una vez valorado el aseguramiento y pagadas las primas respectivas cuando corresponda, el Instituto emitirá la constancia del seguro por el contrato de que se trate, indicando el monto del mismo, la actividad cubierta y proyecto en que se ejecutará, éste será el único documento válido que debe ser presentado al Contratista General del Proyecto o Propietario, dentro del plazo de 8 días antes del inicio de la actividad en el proyecto para validar el aseguramiento y el monto de la contratación.

Dicha suma será incorporada en el recibo de cobro siguiente inmediato que deba hacer el propietario de la obra, contratista general o intermediario, según corresponda, sea abono o renovación si el pago lo realiza en forma semestral o trimestral.

En caso de mantener una forma de pago anual, se determinará un aumento de seguro que deberá pagarse en un plazo no mayor a 8 días hábiles después de su notificación. La responsabilidad del propietario y del contratista general subsiste durante toda la participación del intermediario, en la etapa de proyecto objeto del subcontrato, de tal forma que en caso de incumplimiento del intermediario en cuanto a mantener vigente el seguro, será asumida por el propietario o contratista general.

Para todos los efectos el monto asegurado no podrá ser inferior a la suma de ¢ Para pólizas de producción agrícola, el monto asegurado se obtiene de la producción estimada por el patrono, multiplicado por el precio de recolección de la unidad de medida.

Para optar por esta modalidad de seguro, es requisito indispensable que el patrono cuente con una póliza vigente que asegure de forma permanente las labores de agricultura.

Con este dato se procede al cálculo, con la siguiente fórmula:. En donde,. El monto asegurado se redondea al diez mil inmediato superior. Si el patrono solicita período de cobertura mayor el monto asegurado se incrementará aplicando el promedio mensual para cada mes adicional en que se incremente dicho período.

Para actividades diferentes a construcción y producción agrícola, el monto asegurado se determinará en función del contrato u orden de compra, establecido por las partes para el servicio prestado, sin que éste pueda ser inferior al salario mínimo legal de la actividad que se asegura.

Para el cálculo del monto asegurado en pólizas permanentes diferentes a construcción con forma de pago trimestral o semestral, se determinará para cada abono el monto asegurado con base en las planillas presentadas.

Para el cálculo del monto asegurado en pólizas permanentes de construcción con forma de pago trimestral o semestral, se determinará para cada abono el monto asegurado de acuerdo con el procedimiento establecido en el aparte 9.

En caso de no existir planillas presentadas o sustituidas el monto asegurado se calculará con base en la sumatoria de los montos de mano de obra de proyectos o subcontratos que estén declarados y consignados en la póliza y el monto asegurado del último periodo de pago realizado.

Requisitos para solicitud de constancias para el trámite de los permisos de construcción ante las Municipalidades u órganos estatales. Para solicitar la certificación para el trámite de los permisos de construcción ante las municipalidades, u otro órgano que lo requiera, el propietario de la obra o contratista general o la persona que éstos autoricen por escrito debe tramitar la póliza que otorgue la cobertura de Riesgos del Trabajo a los trabajadores que intervendrán en la ejecución de la obra.

Adicionalmente, cuando la obra se va realizar por medio de empresas constructoras aseguradas, se debe atender lo siguiente:. La empresa constructora o intermediario debe notificar por escrito al Instituto, en el plazo de 8 días previos al inicio de la obra, que ha sido contratada para construir la obra correspondiente y adjuntar copia del respectivo contrato.

Aportar los requisitos establecidos en el aparte 9. De no ser suficiente el monto asegurado, de acuerdo con el período de vigencia y el valor de la obra, el Instituto solicitará el pago del aumento de seguro respectivo.

Período de pago tardío. Se establece un periodo de 10 días naturales a partir del vencimiento del último período póliza pagado, durante el cual el pago a recibir tendrá un cargo moratorio, según la tabla siguiente:. FORMA DE PAGO DE LA PÓLIZA.

DÍAS ATRASO Trimestral Semestral Anual. Dicho factor se aplicará sobre la prima a pagar. El factor será actualizado anualmente, por la Subdirección Actuarial del Instituto.

Obligación del patrono respecto a la presentación de planillas. Es obligación de todo patrono, sea del sector público o del sector privado, remitir dentro del período establecido, un estado de planillas de los trabajadores de su empresa.

Se establece como período de recepción ordinario de planillas, los primeros 10 días naturales del mes, y como período extemporáneo entre el día 11 y 12 de cada mes, posteriores al mes que corresponde la planilla; esto sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legales que se estipulan en el Título IV del Código de Trabajo, relativos a este aspecto.

Si el día 10 y 12 de cada mes se ubica dentro del fin de semana -entendiéndose este como sábado y domingo- o en un día feriado, el plazo de recepción se extenderá hasta el día hábil inmediato siguiente.

Concluido el plazo extemporáneo, el Instituto no recibirá planillas y considerará, para registrar la planilla faltante, el monto de la última planilla reportada, para lo cual se contemplarán los reportes presentados con anterioridad al omitido dentro del período vigente.

En caso de no encontrar planilla reportada por el patrono para aplicar en el proceso de sustitución dentro del período vigente, se utilizará para ese efecto la última presentada en el período inmediato anterior, y así sucesivamente hasta alcanzar el primer período de la póliza, ya fuera por emisión o reexpedición.

Para aquellas empresas que tengan forma de pago bisemanal, se deberán cumplir los siguientes requisitos:. El periodo a reportar en la planilla deberá corresponder a un mes calendario, es decir periodos de no más de 30 o 31 días naturales, de tal forma que cada periodo-póliza se conformará de 12 reportes, uno por cada mes calendario.

Si en razón de que la fecha de corte de planilla es distinta al último día del mes calendario, deberá, con el pago del recibo de renovación de periodo, por única vez, remitir el programa de pagos de la empresa para dicho periodo, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de cada reporte.

Dicho programa de pagos se incluirá en los sistemas informáticos de Riesgos del Trabajo a efecto de validar el aseguramiento de los trabajadores de conformidad con la fecha de ingreso, según corresponda.

Los trabajadores de nuevo ingreso a la empresa, deben ser reportados al Instituto, mediante el formulario de inclusión provisional antes de iniciar las actividades laborales y ser incluido en el reporte mensual de planilla del periodo respectivo tomando en consideración la fecha de ingreso a la empresa.

Formato para presentación de planillas. Las planillas deben ser presentadas utilizando el formato que para ese efecto pone el Instituto a disposición de los asegurados por medio electrónico Internet o por medio magnético disquete, disco compacto ó dispositivo USB y en caso de no contar con estas herramientas tecnológicas, en formulario tradicional pre impreso en original, éstos últimos se deben presentar en letra imprenta y sin correcciones, directamente en las diferentes dependencias, oficinas del Instituto y oficinas de intermediarios de seguros, ubicados en todo el país.

El formulario utilizado debe cumplimentarse con la siguiente información:. Es deber de todo patrono remitir el reporte de planilla en original debidamente cumplimentado, de no cumplir con este requisito o bien presente el documento con datos inconsistentes, su recepción no conllevará obligación de procesarla para el Instituto, por lo que se procederá a su devolución a la dirección que el patrono haya proporcionado en los datos de la póliza, en el plazo máximo de 8 días a partir de su recepción.

La planilla faltante se registrará en los términos anotados en el aparte 9. En casos de excepción calificada y solo cuando se utilice en la presentación de la planilla a un intermediario de seguros, se podrá sustituir el documento original por una copia fotostática si:.

a El patrono no cuenta con acceso para enviarla por vía electrónica y por su ubicación física no cuenta con los medios tecnológicos para su envío oportuno. b El patrono asegurado autoriza por escrito al intermediario de seguros para que en su nombre firme en original la copia fotostática.

c El intermediario de seguros se ajuste a los plazos de entrega del reporte de planillas establecidos por el Instituto. d La copia fotostática, se encuentre debidamente cumplimentada, no presente inconsistencias, sea totalmente legible, y se presente con el sello y firma del intermediario de seguros.

Al igual que cuando la planilla se presenta en documento original, la recepción de la copia fotostática no conllevará obligación de procesarla para el Instituto, cuando presente inconsistencias o esté incompleta, por lo que se procederá a su devolución en un plazo máximo de 8 días a partir de su recepción, a la dirección que el patrono haya proporcionado en los datos de la póliza.

Los canales de comercialización autorizados por el Instituto, que brinden el servicio de recepción de planillas de Riesgos del Trabajo, deberán recibir de los patronos la documentación dentro de los plazos legales estipulados y en ese sentido están obligadas a depositarlas al Instituto en el lugar y dentro de los plazos y condiciones fijados, siendo que el incumplimiento de esta obligación acarrea responsabilidad al canal de comercialización.

En caso de entrega tardía de las planillas, responderá ante la Institución por los daños y perjuicios ocasionados. Responsabilidad y Subrogación. Cuando el patrono se muestre renuente a suscribir el seguro, se procederá a la tasación de oficio conforme al acta que levante el inspector del Instituto, lo cual se hará basado con la información salarial según el Decreto de Salarios Mínimos vigente, correspondiente a la actividad particular.

Lo anterior no generará responsabilidad hacia el Régimen de Riesgos del Trabajo por los costos derivados de accidentes que ocurran a trabajadores del patrono infractor, durante el período comprendido desde la notificación de la tasación hasta la fecha en que se haga efectivo el pago del seguro, por lo que el Instituto queda facultado para operar la subrogación por dichos costos conforme se establece en los artículos , y del Código de Trabajo.

De las Exoneraciones al Seguro de Riesgos del Trabajo. La exoneración del Seguro de Riesgos del Trabajo se otorga al amparo del artículo del Código de Trabajo, en el entendido que los trabajadores no amparados conforme a ese artículo, quedan sometidos a las disposiciones del Capítulo Octavo del citado Código, en los términos de su artículo Para efectos de tramitar la exoneración del seguro, se requiere cumplir con los siguientes requisitos:.

Original y copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud. Copia de la solicitud de patente o recibo pagado.

Cumplimentar el formulario de solicitud de exoneración del seguro. Original y copia de la cédula de identidad por ambos lados del solicitante.

Prima Mínima. La suma mínima vigente que se cobra para un período póliza anual o periodo corto , se fija en diez mil colones. Clasificación del seguro de Riesgos del Trabajo. El Seguro de Riesgos del Trabajo, se clasifica en dos grupos básicos:. Pólizas para construcción.

Pólizas para producción, en actividades estacionarias. Pólizas para actividades deportivas y recreativas organizadas por la empresa. Póliza para otras actividades. Pólizas Permanentes. Póliza general RT-.

Póliza RT-Hogar. Póliza RT- Patrono Asegurado. Póliza RT-Independiente. Póliza RT-Adolescente. Póliza RT-Sector público. Es el documento formal que se entrega al asegurado, el cual define al patrono, las labores aseguradas, el lugar de los trabajos, la clase de póliza, el número de identificación de la póliza emitida y la vigencia del seguro, según lo estipulado en el artículo del Código de Trabajo.

Este contrato es de adhesión y solo podrá modificarse según establece el artículo del Código de Trabajo en la renovación del seguro. Es el documento formal que se entrega al asegurado, adicional al contrato-póliza, cuando el patrono decide voluntariamente incorporarse dentro del seguro de Riesgos del Trabajo.

En el mismo se consignan las disposiciones adicionales que regulan al patrono-asegurado así como al patrono-independiente, según se detalla a continuación:.

Se ampararán únicamente los infortunios ocurridos dentro de la jornada de trabajo establecida de previo en el addéndum. Se excluyen los riesgos en trayecto, o sea los accidentes derivados del traslado del domicilio al trabajo y viceversa. Se definen los requisitos para el cálculo del monto del salario diario, así como el salario anual.

En este sentido señala: El monto del salario diario, que servirá de base para el pago del subsidio por incapacidad temporal, así como el salario anual que se tome en cuenta para el pago de indemnización por incapacidad permanente, o pago de rentas a derechohabientes en caso de fallecimiento del patrono asegurado, se determinará de modo tal que el subsidio que perciba el accidentado, bajo ninguna circunstancia, sea superior a los porcentajes establecidos en el artículo del Título IV del Código de Trabajo, aplicados estos a su ingreso regular mensual debidamente comprobado.

Bajo ninguna circunstancia, el ingreso regular mensual que se utilizará en el cálculo del salario diario y anual será superior al monto declarado por el patrono en la póliza. Los ingresos del patrono asegurado se definen como: los ingresos reportados como tales en la declaración personal para el impuesto sobre la renta presentada al Ministerio de Hacienda en el período inmediato anterior al accidente.

Si no pudiere demostrar los ingresos por no ser declarante de la renta, el cálculo del salario diario y anual se hará tomando como base el salario mínimo legal devengado en la actividad en la cual se desempeñaba, la que deberá ser fehacientemente comprobada, a satisfacción del Instituto Nacional de Seguros.

Sí no es irrefutablemente comprobada la disminución económica que pueda sufrir a raíz de la incapacidad temporal, a satisfacción del Instituto Nacional de Seguros, no procederá el pago de subsidio por esa incapacidad temporal. La entrega del documento es una formalidad dentro del trámite de emisión, la omisión en este sentido no exime al patrono de cumplir con los requisitos que el mismo le impone.

Emisión de la póliza. El Seguro de Riesgos del Trabajo podrá ser emitido a través de:. Las Oficinas Centrales o Sedes del Instituto Nacional de Seguros. Intermediarios de seguros. Venta de autoexpedibles. Durante este período será responsabilidad del patrono asumir los costos correspondientes a casos no asegurados, conforme se establece en los artículos , y del Código de Trabajo.

Se presentan dos formas de reexpedir la póliza, a saber:. a Reexpedición sin cálculos: Exclusivo para pólizas permanentes, que no cuenten con bonificación en la tarifa y que además no soliciten modificar la forma de pago. Este cálculo es automático y no se requiere la solicitud de reexpedición pues se considerará el monto y prima calculada para el último recibo emitido y no pagado por el patrono de abono o renovación y se genera un recibo de reexpedición por el mismo monto, considerando la nueva vigencia de acuerdo a la fecha de reexpedición y forma de pago.

Sólo se aplicará a pólizas que no superen 30 días naturales de vencimiento. a Reexpedición con cálculos: Se aplicará cuando, la póliza sea permanente y tenga más de 30 días naturales de haberse vencido. Además en aquellos casos en que el patrono solicite cambio en la forma de pago o cuente con tarifa bonificada al momento de reexpedir se pierde la bonificación.

Se considerará el monto asegurado resultante de anualizar la planilla mensual por la tarifa a aplicar. La tarifa a aplicar será la que se registre en el manual de tarifas vigente del Instituto, más el cargo que se derive de la siniestralidad negativa, según el aparte 8.

En caso de que la tarifa calculada resulte inferior a la última tarifa vigente de la póliza, se aplicará para la reexpedición la última tarifa vigente de la póliza. Para el caso de las pólizas permanentes de la actividad de construcción el proceso es el siguiente:.

Si no tiene proyectos, las pólizas se podrán reexpedir con cálculos. Si declara proyectos nuevos se aplicará lo contemplado en los apartes 9. Costo Administrativo por Póliza. Se establece un costo administrativo de ¢ Ajuste de salarios en los reportes de planillas. Los salarios reportados por el patrono en el detalle de planillas se ajustan en todo momento, a los mínimos por ocupación establecidos en el Decreto de Salarios Mínimos para el mes que corresponde.

De igual forma, cuando un trabajador o grupo de trabajadores labora media jornada o tiempo superior a media jornada pero inferior a jornada completa, se computará el monto salarial mínimo por ocupación que devengaría si hubiese trabajado la jornada completa.

Para trabajadores de nuevo ingreso, el salario computado será proporcional a los días laborados en el mes de ingreso. Inclusión de trabajadores en las planillas. El patrono debe incluir a los trabajadores de nuevo ingreso, mediante la boleta de Inclusión provisional de trabajadores, que el Instituto dispone en forma física en el formulario pre impreso o electrónica vía internet.

Estos trabajadores deberán ser reportados al Instituto, con anterioridad al inicio de su labor. Posteriormente, el patrono deberá incluir a los trabajadores de nuevo ingreso, en el reporte del mes que corresponde según su fecha de ingreso.

Para todos aquellos trabajadores que se determine la presentación de la inclusión provisional, que no hayan sido reportados en las planillas correspondientes, se procederá con su inclusión en planillas con el salario mínimo de la ocupación, proporcional a los días laborados a partir de la fecha de presentación de la inclusión provisional y hasta el final del mes de ingreso.

Los patronos cuyas pólizas gozan del beneficio de colectividad señalado en el aparte De no realizarse, los riesgos del trabajo reportados al Régimen, se tramitarán como no asegurados.

Las inclusiones provisionales deben ser presentadas utilizando el formato que para ese efecto pone el Instituto a disposición de los asegurados por medio electrónico Internet ó en caso de no contar con las herramientas tecnológicas, en formulario tradicional pre impreso en original, éstos últimos se deben presentar en letra imprenta y sin correcciones, directamente en las diferentes sedes u oficinas autorizados por el Instituto, ubicados en todo el país.

Denuncia de accidente o enfermedad de trabajo y orden de atención médica. Todo patrono está obligado a entregar al trabajador afectado el formulario de aviso de accidente o enfermedad de trabajo a efecto de que se le brinden las prestaciones que le corresponden con relación al evento sufrido.

El incumplimiento en la presentación de la denuncia por la ocurrencia de cualquier riesgo del trabajo, se sanciona de conformidad con el artículo del Código de Trabajo. Responsabilidad del patrono en cuanto a la custodia de documentación oficial del seguro. La documentación que se entrega al patrono para el funcionamiento del seguro es la siguiente:.

Orden Para Solicitar Servicios Médicos Caso Con Alta. Boletas de Inclusión Provisional de Trabajadores. Formulario para el Reporte Mensual de Planillas o Medios Magnéticos.

Es responsabilidad del patrono velar por la custodia y el buen uso de los documentos mencionados, principalmente aquellos que dan origen a la apertura del expediente para las prestaciones médicas y el pago de las prestaciones económicas por parte del Instituto. Responsabilidad del patrono y representante autorizado en firma de documentos.

Todos los documentos citados en el aparte anterior, serán aceptados para su debido trámite, siempre y cuando en ellos se consigne el nombre completo, firma y número de cédula del patrono o representante, con el fin de verificar la información.

Investigación de Accidentes. Previo al reporte que se haga al Instituto de un accidente laboral, éste debe ser investigado y analizado por parte del patrono, a efecto de que se consigne la descripción del mismo, conforme a los hechos acaecidos y permita tomar las medidas preventivas para evitar situaciones similares.

En caso de accidentes que generen incapacidad total permanente Artículo inciso ch y del Código de Trabajo , Gran Invalidez Artículo , inciso d y , del Código de Trabajo y Muerte Artículo , inciso e y , del Código de Trabajo , el patrono debe enviar un informe específico al Departamento de Riesgos del Trabajo indicando las medidas preventivas que tomará para evitar casos similares en el futuro.

Esto independientemente de la responsabilidad del patrono en caso de que el accidente ocurra bajo los supuestos del artículo del Código de Trabajo. Cobertura por Extraterritorialidad.

La extraterritorialidad es la cobertura que se les otorga a los trabajadores de la empresa asegurada, que realizan funciones propias de su cargo en otros países, de conformidad con el artículo del Código de Trabajo.

Esta cobertura se otorga sin costo adicional, y no será necesario presentar ningún reporte previo al viaje, pero queda condicionada a que, en caso de accidente de alguno de los colaboradores que se encuentren fuera del país, deberá ampliarse en el aviso de accidente la información referente a:.

En caso de accidente fuera del país, el seguro funcionará por reintegro, es decir, el Instituto reconocerá a quien haya efectuado el pago de ésas sumas en los términos que a continuación se señalan:.

Para el trámite de reintegro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:. Las prestaciones económicas que se cubrirán estarán en función de lo establecido en el Título IV del Código de Trabajo y lo definido en esta Norma.

Pólizas permanentes: Formas de pago y variaciones. El Seguro de Riesgos del Trabajo es anual renovable y su prima puede pagarse de las siguientes formas:. a Anual. La variación a la forma de pago debe solicitarse por escrito y su modificación regirá a partir de la renovación siguiente, en concordancia con el artículo del Código de Trabajo.

Los cambios en las vigencias de pólizas deberán tramitarse en las Sedes o en el Departamento de Riesgo del Trabajo, aplicando lo indicado en el aparte Declaraciones falsas en documentos y denuncia ante el Ministerio Público.

Sin perjuicio del derecho que el Código de Trabajo le otorga al Instituto para verificar los detalles y pormenores que se relacionan con el seguro y el riesgo cubierto, toda información consignada en la solicitud del seguro, los reportes de planilla, inclusión provisional de trabajadores, aviso de accidente o enfermedad laboral y orden de atención médica o variaciones a las condiciones existentes en la póliza, se consideran fieles y verdaderas y adquieren el carácter de declaración jurada.

De comprobarse falsedad en la información declarada ante el Instituto, se procederá a denunciar ante el Ministerio Público a quien corresponda patrono, representante o trabajador o a la aplicación de las sanciones que establece en sus artículos y el Código de Trabajo. Cierre de centros laborales y conclusión de trabajos en pólizas permanentes y temporales.

Cuando el patrono asegurado solicita la cancelación de la s póliza s permanente s , por motivo de cierre del centro de trabajo, conclusión de la actividad o trabajos sujetos del seguro, se procede a la liquidación de las primas y conclusión de la vigencia del seguro, una vez cumplidos los siguientes requisitos:.

Notificación escrita al Instituto. Copia de la nota presentada ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo con el sello de recibido , informando sobre el cierre a realizar. Las pólizas temporales se cancelan al momento de concluir los trabajos asegurados.

Suspensión de trabajos para pólizas que amparan labores de corto plazo pólizas temporales. La suspensión de la cobertura del seguro, operará únicamente cuando se dé una interrupción en los trabajos objeto del seguro.

Para todo tipo de pólizas se debe presentar:. Para pólizas de construcción, se debe aportar además:. Libreta de control de tiempo y salarios. Bitácora de la obra sellada por el Colegio de Ingenieros. La reactivación de una póliza suspendida deberá solicitarse de forma escrita por el interesado.

Cancelación del seguro por no realizar trabajos. La cancelación de la póliza emitida por no haberse llevado a cabo las labores para la que fue suscrita, conllevará la respectiva liquidación. Para ello se deberá aportar:. Pólizas suscritas para labores de construcción de corto plazo.

De existir sobrante de prima, su devolución se efectuará dentro del proceso de liquidación de acuerdo a lo establecido en el aparte Extensión y modificación de vigencia de pólizas temporales de construcción.

Cuando se haya suscrito un seguro de construcción periodo corto y se requiera extender la vigencia original de la póliza, no se deberá pagar suma adicional siempre y cuando se cumplan, conjuntamente los siguientes requisitos: la solicitud la realice antes de la expiración de la vigencia original contratada; haya presentado todos los reportes de planillas; se trate de la misma obra según los datos consignados en la emisión; que la vigencia completa no sea superior a dos años y que el monto asegurado sea mayor al monto consumido.

Cuando se incumpla con alguna de las condiciones anteriores se deberá realizar el cálculo de la prima a pagar tomando en consideración la proyección de planillas a pagar durante el periodo de extensión y lo establecido en el aparte 9.

A efecto de modificar la fecha de inicio consignada en la póliza suscrita, el asegurado deberá presentar una carta y agregar fotocopia de la bitácora de la obra, para el análisis por parte de las Sedes o el Departamento de Riesgos del Trabajo del Instituto.

Responsabilidad del propietario de la obra o contratista general por declaración de pólizas de los intermediarios en proyectos de construcción. El propietario de la obra o el contratista general asumirá la parte correspondiente a las etapas del proyecto realizadas por intermediarios, si las pólizas de éstos:.

Incumplen el plazo para la presentación de la documentación para la declaración del proyecto requerida por el Instituto;. La actividad asegurada en la póliza del intermediario no está acorde con la etapa del proyecto que se pretende cubrir;.

El monto asegurado no es suficiente para la etapa del proyecto asignada. En caso de que la etapa del proyecto ejecutada por intermediarios cuya póliza incumpla alguna as de las condiciones anteriores, afecte dos períodos de la póliza del contratista general, el monto se distribuirá según la vigencia del seguro y esto afectará la liquidación y la renovación de la póliza.

Cancelación de pólizas de intermediarios en proyectos de construcción por no pago. El propietario de la obra o el contratista general asumirá, total o parcialmente, la prima correspondiente a las etapas del proyecto a cargo de intermediarios, cuyas pólizas se cancelan por falta de pago durante la ejecución del mismo.

Si la etapa del proyecto ejecutada por intermediarios cuya póliza se canceló por falta de pago, afecte dos períodos de la póliza del contratista general, el monto se distribuirá según la vigencia del seguro.

Estas etapas del proyecto serán consideradas en la liquidación o renovación de la póliza del contratista principal, según corresponda, y se aplicará el porcentaje establecido en el aparte 9.

Solicitudes de variaciones del seguro. El Instituto tramitará solicitudes de variaciones a las condiciones del seguro, únicamente cuando:.

Se haya modificado la actividad económica para la que fue suscrita la póliza de Riesgos del Trabajo, lo cual implica variación en la tarifa inicial, manteniéndose la tarifa vigente.

Por fusión de dos o más empresas, integradas bajo una misma razón social y de similar actividad económica. Esta condición, podría implicar variación de la tarifa, por efecto de la siniestralidad. En todos los casos debe existir notificación escrita por parte del patrono, solicitando la modificación correspondiente y aportando los documentos de mérito.

Para las condiciones definidas en los puntos 1 y 2 y 3 es obligación del patrono informarlo al Instituto inmediatamente; el Instituto aprobará la variación en un plazo no mayor a 30 días, momento a partir del cual regirán los cambios. La fusión de pólizas aplicará únicamente en aquellas situaciones en que las sociedades o empresas involucradas en el fusionamiento tengan actividades similares o afines.

De lo contrario se procederá solamente con el cambio de la razón social o nombre del patrono, así como cualesquiera otro de los datos que sean parte de la nueva razón social señalados en el punto 1 de este apartado, manteniendo las pólizas vigentes de acuerdo con la actividad económica asegurada originalmente para cada una, para todos los casos la tarifa inicial nunca podrá ser inferior al valor del manual de tarifas vigente del Instituto, según la actividad económica.

Los cambios en las condiciones vigentes del contrato, que agraven el riesgo cubierto por el seguro, deben ser puestos en conocimiento del Instituto por el patrono, a efecto de que se realice el ajuste de tarifa y de prima que corresponda.

Dichos cambios tendrán vigencia a partir del momento del pago de la prima. Cuando se den cambios que agraven las condiciones de riesgo cubiertas por el seguro, que no sean notificados al Instituto, el patrono deberá asumir los costos que se derivan de la atención de los siniestros ocurridos a los trabajadores, conforme establece el artículo del Código de Trabajo.

Si como resultado de un estudio por parte de las Unidades Técnicas del Instituto, se determina que la actividad para la cual fue suscrita la póliza ha sido variada sin previa notificación y aval por parte de la Institución, se procederá a realizar el ajuste tarifario y cobro o devolución de primas desde la fecha en que se determine la variación.

Por otra parte, cuando un patrono solicite un cambio en la vigencia de la póliza, ésta se ejecutará considerando dentro del análisis los siguientes extremos:. a- Que la modificación se realice únicamente para cuando la póliza va a renovar. b- Que para todos los casos se realice la renovación, considerando un trienio o tiempo menor en caso que la póliza se haya emitido en tiempo inferior de períodos que servirán de base para el estudio siniestral y determinación del coeficiente de variación que se utilice en la determinación de la tarifa de renovación.

c- Estos períodos se incluirán dentro del registro que lleva el Instituto en su sistema de información, para que sirvan para el cálculo de posteriores renovaciones, quedando como información histórica los anteriores. Extraprima de seguro.

Se tramita una extraprima cuando los trabajos a realizar sean diferentes a los que definen las operaciones normales de la actividad de la empresa y que los mismos sean efectuados por personal de la empresa. La cobertura de la extraprima no podrá ser anterior a la fecha de pago del recibo por este concepto.

Cuando la empresa contrate personal para labores diferentes a la actividad de la empresa, se debe emitir una póliza de corto plazo que dé cobertura a esa labor adicional.

Para cualquiera de las dos situaciones, la solicitud deberá presentarse con anticipación a la fecha de su inicio y pagar la prima correspondiente antes de la realización de la misma.

En caso de no cumplir con esta disposición, los accidentes que ocurran se tramitarán como no asegurados por no existir póliza suscrita para la actividad. La liquidación se realiza al final del período póliza, tomando en cuenta las planillas presentadas.

Se aplican los siguientes procesos:. El proceso consiste en sumar los salarios mensuales reportados durante el período póliza concluido el cual se compara con los montos asegurados en los recibos pagados durante el periodo.

La diferencia resultante se multiplica por la tarifa vigente a efecto de determinar los sobrantes o faltantes de prima y se suman los cargos según lo establecido en los apartes Se registran las siguientes situaciones:. Dicho pago podrá realizarse en las Oficinas del Instituto, mediante los Intermediarios de Seguros.

Concluido el plazo, el capital podrá exigirse por la vía ejecutiva, así como los intereses de mora correspondientes. Para todos los casos en que se determine un sobrante de prima, y que existan deudas por casos no asegurados o saldos de prima, el sobrante se utilizará para efectuar el pago de las mismas.

De existir saldo no cubierto por el sobrante de liquidación, se exigirá por la vía ejecutiva. Una vez realizado ese proceso, de mantenerse un sobrante, este será aplicado como aumento de seguro para el periodo vigente o será devuelto al asegurado a su solicitud.

El pago de la renovación no está sujeto del cálculo de la liquidación. El monto consumido durante el período póliza concluido se multiplicará por la tarifa vigente para obtener la prima consumida, la cual se comparará con la prima pagada, a efecto de determinar los sobrantes o faltantes de ésta.

Se haya aplicado el proceso de sustitución de tres o más planillas dentro del período de liquidación. El esquema de liquidación es el siguiente:.

Monto consumido será igual a:. Si cumple con la declaración de los intermediarios. Si no cumple con la declaración de los intermediarios. En donde. Concluido el término, el capital podrá exigirse por la vía ejecutiva, así como los intereses de mora correspondientes. Para todos los casos en que se determine un sobrante de prima, y que existan deudas por casos no asegurados o cualquier otra deuda, el sobrante se utilizará para efectuar el pago de las mismas.

Una vez realizado ese proceso, de mantenerse un sobrante, este será aplicado como aumento de seguro para el periodo vigente o ser devuelto al asegurado a su solicitud.

Pólizas temporales. Las pólizas temporales cuya vigencia sea inferior a un año se liquidarán como Prima Totalmente Devengada. No obstante lo anterior, los patronos tienen la obligación de presentar las planillas mensuales, según lo establecido en el artículo del Código de Trabajo y lo indicado en los apartes 9.

Pólizas en condiciones especiales. Los siguientes tipos de póliza se liquidan como prima totalmente devengada: RT-Hogar, RT-Independiente, RT-Adolescente.

Cómputo de salarios para el proceso de liquidación del período. Las planillas mensuales que se utilizan en el proceso de liquidación son las que obligatoriamente debe presentar el patrono; tanto del sector privado como del sector público.

De registrarse faltante de planillas, éstas se computarán aplicando el monto de la última planilla reportada, para lo cual se contemplarán los reportes presentados con anterioridad al omitido dentro del período que se liquida.

En caso de no encontrar planilla reportada por el patrono para aplicar en el proceso de sustitución dentro del período que se liquida, se utilizará para ese efecto la última presentada en el período inmediato anterior, y así sucesivamente hasta alcanzar el primer período de la póliza, ya fuera por emisión o reexpedición.

Determinación de costos de casos no asegurados, intereses y recargos. Se calificará como no asegurado, aquel reporte de aviso de accidente o enfermedad de trabajo, que enmarque dentro de las siguientes situaciones:. Que al momento de ocurrencia del evento, no exista seguro vigente.

Que el trabajador a que se refiere el reporte, no se encuentre incluido en la última planilla presentada bajo la póliza de la empresa, antes de la ocurrencia del evento.

Que no se encuentre reportado en la planilla que se registró por sustitución, posterior a la última presentada e inmediatamente anterior a la fecha de ocurrencia del evento.

Que el trabajador a que se refiere el reporte de accidente, -por ser de reciente ingreso a la empresa- no haya sido registrado en la póliza mediante la boleta inclusión provisional de trabajadores, con anterioridad a la ocurrencia del evento. Es responsabilidad del patrono asumir los costos correspondientes a casos no asegurados, conforme se establece en los artículos , , y del Código de Trabajo.

Los costos de los casos no asegurados, consideran los siguientes rubros:. a Prestaciones directas otorgadas al trabajador. b Gastos Administrativos. c Intereses Moratorios.

d Reservas Técnicas. e Costos de los servicios médicos otorgados en INS Salud o sus Centros Médicos Regionales. Los intereses moratorios se aplican a partir del primer día posterior al plazo concedido en el cobro administrativo, y la tasa que se aplica es la tasa pasiva del Banco Central de Costa Rica.

Proceso de cobro de los casos no asegurados. El cobro de los casos no asegurados cumple con dos etapas:. Cobro Administrativo, es el trámite inicial que se aplica para comunicarle al patrono de la deuda por concepto de casos no asegurados y del plazo que dispone para el pago de la misma, según el artículo del Código de Trabajo.

Cobro Judicial, es el proceso que se sigue para exigir por la vía ejecutiva el depósito del capital adeudado, al término del plazo del Cobro Administrativo. Plazo para pago durante el cobro administrativo de casos no asegurados.

Notificado el patrono del cobro del caso no asegurado, cuenta con diez días hábiles para depositar las sumas adeudadas. Vencido este término, el depósito del capital podrá exigirse por la vía ejecutiva.

Trámite de casos de intermediarios sin póliza. En consonancia con el artículo 3 y del Código de Trabajo, tanto el contratista general, como el propietario de la obra, asume la responsabilidad por los riesgos ocurridos a trabajadores contratados por intermediarios del cual se valga para la ejecución o realización de los trabajos, que incumplan con las condiciones de aseguramiento establecidas, según establece el aparte 9.

Estos casos se tramitarán como no asegurados y serán cargados a la póliza del contratista general o cobrados al propietario del proyecto. En caso de que el intermediario mantenga póliza vigente y se le presenta un caso no asegurado, la responsabilidad es exclusiva del intermediario.

Beneficios que se otorgan al patrono. Los beneficios que se otorgan a los patronos son condiciones particulares, previo al cumplimiento de los aspectos relacionados con la Gestión Preventiva Empresarial certificación positiva en materia de salud ocupacional , condiciones administrativas adecuadas en cuanto al manejo del seguro, y aspectos de interés mutuo para la operación de éste.

Dentro de los beneficios que se otorgan, están los siguientes:. Consiste en eximir al patrono de la presentación del documento de inclusión provisional de trabajadores nuevos.

Toda póliza temporal período corto cuya vigencia sea menor a un año, gozará del beneficio de colectividad y por lo tanto no presentará boleta de inclusión provisional.

El patrono queda obligado a presentar el reporte mensual de planilla individual de trabajadores, de conformidad con el aparte 9. El otorgamiento de este beneficio para pólizas permanentes se dará cuando se cumplan los siguientes requisitos:.

Que la fecha de emisión sea igual o superior a 2 años, al momento del estudio. No haber incumplido el pago de la prima, durante el período vigente y los dos 2 períodos inmediatos anteriores.

Que la empresa haya cumplido durante el período vigente y los dos inmediatos anteriores, con la presentación oportuna del reporte de planilla por medios electrónicos.

No registrar deudas pendientes por saldos de prima de la liquidación de la póliza o de casos no asegurados. Que el promedio de trabajadores asegurados por la empresa durante el período vigente, sea igual o mayor a 30 trabajadores. Cumplir con lo dispuesto en el aparte 6. Para empresas constructoras, debe cumplir con la declaración de todos los proyectos y subcontratos.

Convenio o acuerdos específicos sobre reintegro. De conformidad con el artículo 30 del Reglamento General de los Riesgos del Trabajo, el Instituto puede convenir con el patrono, la adopción de forma de pago por reintegro, de las incapacidades temporales, conforme al cual el trabajador recibe el subsidio por medio de su patrono, quien mensualmente informará al Instituto el total de erogaciones por este concepto, a efecto de que realice el correspondiente reintegro.

En adición, el Instituto podrá implementar otras modalidades para reintegro por pago de subsidio salarial en convenio con las empresas. Para cada renovación del seguro, se homologarán las condiciones de trabajo y gestión preventiva, según lo indicado en el aparte 7.

Consultorio Médico de Empresa. Pérdida de Beneficios. Los beneficios que ofrece el Régimen a las empresas aseguradas, se pierden en los siguientes casos:. Cuando no se apliquen medidas de prevención y protección, de tal forma que exista un grado de peligrosidad, que atenta contra la salud y seguridad de los trabajadores.

Cuando se incumpla con la permanencia del Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo, exista un aseguramiento parcial de los trabajadores, se consigne información falsa en los reportes de planilla, se omita la presentación de planillas o existan deudas pendientes por casos no asegurados en el período objeto de estudio para efectos de homologación.

Cuando se desatiendan las indicaciones de los inspectores del Instituto, respecto a medidas preventivas, cuando no se les permita cumplir con sus obligaciones, definidas en el Título IV del Código de Trabajo y su Reglamento, así como los Reglamentos sobre Salud Ocupacional.

Cuando el patrono se negare a colaborar en el suministro de la información requerida por el Instituto en concordancia con lo establecido en el artículo del Código de Trabajo.

Cuando el patrono incumpla con lo establecido en el aparte 6. inciso d de esta Norma. Cuando incumpla en la declaración de proyectos y subcontratos en el plazo indicado en el aparte 9. Las opciones existentes son:.

Construcción : Como se indica en el punto 9. La misma deberá indicar el nombre de la persona que debe suscribir el seguro, así como el valor total de la obra a realizar. En caso de que el suscriptor sea una persona diferente a la consignada en el documento anterior, se debe adjuntar el respectivo contrato de construcción.

No se podrán emitir varias pólizas para una misma empresa o persona física, que su actividad normal sea la construcción permanente, en caso de efectuarlo y de ser comprobado se aplicara lo que establece el aparte 9. Producción : Estos contratos se extienden para amparar los trabajos que se realizan por períodos o épocas del año y está orientado al sector agrícola principalmente zafra, recolección de café, cosecha de frutos, etc.

Además de los requisitos establecidos en la solicitud del seguro, debe realizarse una estimación de la producción esperada para ese período, considerando la producción obtenida en los años anteriores.

A estas pólizas se les exime de la presentación de las inclusiones provisionales. Pólizas para actividades deportivas y recreativas organizadas por la empresa : Se emiten para proteger a los trabajadores que participan en actividades deportivas y recreativas organizadas por la empresa, o bien en representación de ésta.

El patrono debe garantizar, que no medie la ingesta de licor, uso de narcóticos, drogas hipnógenas, tranquilizantes y excitantes, salvo que exista prescripción médica. Además, que se realicen en instalaciones previstas para tal fin y cumplir con las normas de seguridad y primeros auxilios que amerite la actividad.

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A different privacy policy and terms of service will apply. Go to Series Main Page. Como muchas entidades gubernamentales, la Administración del Seguro Social tiene su propia jerga especial. Conocerla te puede permitir orientarte mejor con las reglas y regulaciones y comprender mejor tus beneficios del Seguro Social.

Lee esta lista alfabética para conocer algunos de los términos y acrónimos más importantes. Obtén acceso inmediato a productos exclusivos para socios y cientos de descuentos, una segunda membresía gratis y una suscripción a AARP The Magazine.

Únete a AARP. Un funcionario designado por el Gobierno federal, que tiene experiencia en materia de derecho, preside las audiencias y emite fallos sobre las solicitudes y los beneficios del Seguro Social. Un procedimiento para impugnar una decisión de la Administración del Seguro Social sobre una solicitud o beneficios.

Si no estás de acuerdo con una decisión en un nivel, puedes apelarla en el siguiente. El proceso de apelación comprende cuatro pasos sucesivos:.

El organismo de la Administración del Seguro Social que examina las apelaciones de fallos que emiten los jueces de derecho administrativo. El formulario que debes llenar y firmar para solicitar beneficios del Seguro Social, la Seguridad de Ingreso Suplementario SSI o de Medicare.

Una persona que designas formalmente para que te represente en una solicitud de beneficios o una apelación del Seguro Social. Un representante autorizado puede asistir a las reuniones con los funcionarios del Seguro Social, ayudarte a reunir pruebas para respaldar tu reclamación y acceder a la información de tu expediente del Seguro Social, entre otras cosas.

Alguien que simplemente te ayuda a llenar una solicitud u otro formulario no necesita ser un representante autorizado. Beneficios que se otorgan al cónyuge y los hijos de un trabajador asalariado que se basan en el registro de ingresos de dicho trabajador. También se conocen como beneficios familiares.

Una suma monetaria que representa tu ingreso mensual promedio durante toda tu vida laboral. Se obtiene al promediar hasta 35 de los años con mayores ingresos ajustados según el incremento salarial histórico y dividir la cifra resultante por 12 para llegar a una media mensual. El promedio AIME es esencial para calcular los beneficios del Seguro Social.

Una carta oficial que explica la decisión de la Administración del Seguro Social sobre tu solicitud de beneficios. También se conoce como aviso de decisión.

Un documento que el Seguro Social proporciona a pedido y que puedes utilizar como comprobante de pago de tus beneficios, Seguridad de Ingreso Suplementario o Medicare.

También se conoce como carta de beneficios, carta de presupuesto, carta de comprobante de adjudicación o carta de comprobante de ingresos. El compendio en línea de la Administración del Seguro Social de trastornos físicos y mentales que corresponden a la definición de incapacidad de la agencia y los criterios médicos que habilitan a quienes padecen uno de dichos trastornos para recibir beneficios por incapacidad.

Un cálculo que puede ayudarte a determinar el momento de solicitar tus beneficios jubilatorios, teniendo en cuenta que cuanto más tarde comiences a cobrar los beneficios, mayores serán tus pagos mensuales. Por lo tanto, la suma total de los pagos que comienzas a recibir al llegar a la edad plena de jubilación o más tarde podrá alcanzar la suma de los pagos mensuales reducidos que puedes comenzar a cobrar antes.

Cuanto más tiempo anticipes que vas a vivir pasado ese punto de equilibrio, más podrías cobrar si retrasas el inicio de tus beneficios. La persona sobre cuyo registro de ingresos de toda la vida se presenta una solicitud de beneficios, incluidas las solicitudes de los cónyuges y otros dependientes.

También se conoce como trabajador asalariado, trabajador o persona asegurado. Un hijo biológico, adoptivo, hijastro o nieto dependiente que podría reunir los requisitos para recibir beneficios basados en el registro de ingresos de un trabajador.

Una iniciativa del Seguro Social que permite agilizar la tramitación de las solicitudes de beneficios por incapacidad de las personas que padecen ciertos trastornos graves.

Los años en los que una persona percibió ingresos que se utilizan para calcular los beneficios del Seguro Social. Para los trabajadores jubilados, serán los 35 años de mayores ingresos. Para los trabajadores discapacitados y fallecidos, la cantidad de años de computación podría ser menor en función de la edad en la que se incapacitaron o fallecieron.

Un examen o estudio médico especial que el Gobierno solicita y paga cuando se necesita información adicional para procesar una solicitud de beneficios por incapacidad.

También se conoce como ingresos máximos imponibles, y es la suma de ingresos brutos anuales de una persona sobre la que se aplican los impuestos del Seguro Social, y la cantidad máxima de ingresos que se pueden computar para calcular los beneficios del Seguro Social. Un ajuste anual de los beneficios del Seguro Social para que se mantengan al ritmo de la inflación.

Es posible que este ajuste no se produzca en los años en los que la inflación es baja o nula, aunque es poco común. Trabajo en el que tú y un empleador deben pagar al Seguro Social por medio de aportes de impuestos sobre la nómina. En la economía de Estados Unidos, la mayoría de los trabajos son empleos cubiertos.

Un índice de precios al consumidor para trabajadores asalariados y personal administrativo que compila el Gobierno federal y que se utiliza para calcular los ajustes anuales por costo de vida que realiza el Seguro Social.

El sobreviviente debe solicitar el beneficio global por fallecimiento antes de transcurrir dos años desde la muerte del trabajador. También se conoce como carta de adjudicación o carta de denegación, según el resultado.

Una norma que dispone que si en el momento de solicitar beneficios jubilatorios tienes derecho a recibir tanto tu propio beneficio jubilatorio como el conyugal, se considera automáticamente que solicitas ambos beneficios. Recibirás el mayor de los dos beneficios.

Un aumento de tus beneficios jubilatorios que el Seguro Social aplica por cada mes que postergues tu solicitud de beneficios entre la edad plena de jubilación y los 70 años.

Una enfermedad o lesión que es lo suficientemente grave como para impedir que una persona trabaje durante por lo menos un año o que es probable que cause su muerte. La Administración del Seguro Social aplica esta norma para determinar si alguien tiene derecho a recibir beneficios por incapacidad.

Los pagos mensuales que se otorgan a una persona cuyo trastorno físico o mental corresponde a la definición de incapacidad del Seguro Social. La Administración del Seguro Social opera dos de estos programas de beneficios, el Seguro por Incapacidad del Seguro Social SSDI y la Seguridad de Ingreso Suplementario SSI.

La agencia estatal que trabaja en estrecha colaboración con la Administración del Seguro Social para evaluar las solicitudes de beneficios por incapacidad. La evaluación médica periódica de una persona que recibe beneficios por incapacidad para confirmar que sigue reuniendo los criterios para considerarse incapacitada.

Cuando se considera que el estado de salud de un beneficiario puede mejorar o es probable que mejore, se suele realizar una primera evaluación entre seis y dieciocho meses después de quedar incapacitado y un seguimiento cada tres años en lo sucesivo.

También se denomina beneficio para excónyuge, y es un tipo de beneficio del Seguro Social que se paga al excónyuge de un trabajador asalariado. La pareja debe haber estado casada durante al menos diez años para que un cónyuge divorciado pueda solicitar este beneficio.

Un viudo divorciado puede cobrar beneficios para sobreviviente basados en el registro de ingresos del excónyuge fallecido siempre y cuando el matrimonio haya durado por lo menos diez años. Cuando tienes derecho a recibir beneficios de más de un registro de ingresos, como por ejemplo tu propio beneficio jubilatorio y el beneficio conyugal.

Tener doble derecho no significa que recibas la suma de ambos beneficios. El Seguro Social pagará solo la suma más alta, aunque podría recurrir a ambos registros de ingresos para hacerlo. La edad mínima a la cual las personas pueden solicitar beneficios del Seguro Social.

Beneficios jubilatorios que se reducen por ser solicitados de forma anticipada, entre los 62 años y la edad plena de jubilación. La reducción se calcula en función de la cantidad de meses que transcurren desde que se solicitan los beneficios hasta la edad plena de jubilación.

Tus ingresos previos de empleos cubiertos que se encuentran registrados en la Administración del Seguro Social, sobre los que se basa el cálculo de tus beneficios.

También se conoce como historial de ingresos. También se conoce como prueba de ingresos, y consiste en un límite de la cantidad de ingresos laborales que pueden percibir quienes cobran beneficios jubilatorios, conyugales o para sobreviviente y no alcanzaron la edad plena de jubilación antes de que el Seguro Social retenga una parte de los beneficios.

Los límites se ajustan anualmente. En el , los beneficios se reducen en:. El mes que alcanzas la edad plena de jubilación se suprime el límite de ingresos y finaliza la retención de beneficios.

Tener este derecho no significa que estás inscrito automáticamente en el Seguro Social; cuando reúnes los requisitos, deberás solicitar los beneficios. Haber presentado una solicitud de beneficios del Seguro Social para los que reúnes los requisitos.

Beneficios que se otorgan al cónyuge y los hijos de un trabajador asalariado vivo según el registro de ingresos del trabajador asalariado.

También se conocen como beneficios auxiliares. La cantidad máxima de beneficios combinados que se puede pagar a familiares de un trabajador asalariado basada en su registro de ingresos, incluidos los beneficios de jubilación, por incapacidad, para cónyuges, hijos o sobrevivientes.

También se conoce como beneficio máximo familiar. Lista de empleos, de AARP. Busca oportunidades de empleo para trabajadores con experiencia. El impuesto sobre la nómina que financia el Seguro Social y Medicare, recaudado en virtud de la Ley de la Contribución Federal al Seguro Social FICA.

La parte del Seguro Social es el La parte de Medicare es el 2. Los empleados y los empleadores pagan la mitad cada uno. Una estrategia ahora desaparecida para que las parejas casadas maximicen los beneficios.

Permitía que un cónyuge recibiera beneficios familiares según el registro de un cónyuge que había solicitado pero luego suspendido voluntariamente su propio beneficio jubilatorio. De esta manera, la pareja podría recibir algo de dinero del Seguro Social mientras que ambos cónyuges ganaban créditos por jubilación aplazada para aumentar sus futuros beneficios jubilatorios.

La Ley de Presupuesto Bipartidista del prohibió esta práctica. Los trabajadores jubilados aún pueden suspender sus beneficios jubilatorios, pero su pareja no puede obtener beneficios para cónyuges durante el período de suspensión.

La edad a la que tienes derecho a recibir el beneficio jubilatorio completo calculado a partir de tu registro de ingresos o el beneficio completo de cónyuge o sobreviviente calculado a partir del registro laboral de un miembro de la familia.

Solicitar beneficios del Seguro Social antes de la FRA reduce el monto del beneficio. La edad plena de jubilación se basa en el año de tu nacimiento. Para los beneficios jubilatorios y conyugales, actualmente es de 66 años y 2 meses y aumentará gradualmente a 67 durante los próximos años; la FRA es diferente en el caso de los beneficios para sobrevivientes.

Para el beneficio de sobreviviente es 66 años, pero eventualmente también aumentará a El beneficio que recibes al cumplir la edad plena de jubilación. Los beneficios jubilatorios aumentan si se solicitan después de la edad plena de jubilación, hasta los 70 años.

El trabajo que realizas a cambio de un una remuneración. Si ganas más, no puedes cobrar beneficios por incapacidad excepto en circunstancias limitadas que supongan el intento de regresar a la fuerza laboral. Una regla del Seguro Social que reduce los beneficios de dependientes que se pagan a cónyuges y viudos según el registro laboral de otra persona si el dependiente recibe una pensión de un empleo gubernamental en el que no aportó impuestos FICA.

Una apelación, generalmente ante un juez de derecho administrativo, de una decisión de la Administración del Seguro Social sobre un caso de beneficios. Si se va a revocar una decisión desfavorable, lo más probable es que ocurra en esta etapa del proceso de evaluación. Tu situación con respecto al derecho de recibir beneficios del Seguro Social, según la cantidad de créditos que tengas.

Un acuerdo de Estados Unidos con otro país para coordinar el Seguro Social con el programa comparable de ese país. También se denomina "acuerdos de totalización", y estos convenios garantizan que:.

Hasta abril del , Estados Unidos tenía acuerdos de este tipo con 30 países en inglés. Una recopilación oficial de trastornos muy graves. La Lista de incapacidades establece criterios detallados que permiten que una persona reúna los requisitos para recibir beneficios por incapacidad del Seguro Social.

La lista de incapacidades constituye la mayor parte del Libro Azul. El sobreviviente debe solicitar el beneficio global por fallecimiento antes de transcurrir dos años desde el fallecimiento del trabajador. Un matrimonio legal en el que un cónyuge o excónyuge tiene derecho a cobrar los beneficios del Seguro Social según el registro de ingresos del otro.

Esto incluye los matrimonios del mismo sexo y puede incluir uniones de hecho reconocidas por el estado. La cantidad máxima de beneficios combinados que se puede pagar a familiares de un trabajador asalariado basada en el registro de ingresos de dicho trabajador, incluidos los beneficios jubilatorios, por incapacidad, conyugales, de hijos o para sobrevivientes.

También se conoce como máximo familiar. También se conoce como base de aportes y beneficios, y es la suma de ingresos brutos anuales de una persona sobre la que se aplican los impuestos del Seguro Social, y la cantidad máxima de ingresos que se pueden computar para calcular los beneficios del Seguro Social.

Un programa de seguro médico para personas y familias de bajos ingresos, financiado principalmente por el Gobierno federal pero administrado en gran parte por los estados. En la mayoría de los estados, las personas que reciben Seguridad de Ingreso Suplementario SSI tienen derecho automáticamente a recibir Medicaid.

El programa de atención médica del Gobierno de EE. destinado principalmente a personas de 65 años o más. Las personas más jóvenes pueden participar en el programa si padecen de enfermedad renal en etapa terminal o esclerosis lateral amiotrófica ELA , o si han estado recibiendo beneficios por incapacidad del Seguro Social durante por lo menos dos años.

La Administración del Seguro Social está a cargo de la inscripción de Medicare. Medicare tiene cuatro partes: A seguro de hospital , B seguro médico suplementario , C Medicare Advantage y D cobertura de medicamentos recetados.

Medicare Advantage. Una alternativa al programa original de Medicare en la cual las compañías privadas de seguro médico que tienen contrato con Medicare ofrecen servicios básicos y adicionales, por lo general con una prima adicional y una selección limitada de proveedores.

También se conoce como Medicare Parte C. Parte A de Medicare. La parte de Medicare que proporciona seguro de hospital. La Parte A cubre una parte de los gastos hospitalarios, la rehabilitación temporal en un centro de enfermería especializada o un centro para enfermos terminales y parte de la atención médica en el hogar.

Parte B de Medicare. La parte de Medicare que proporciona seguro médico que cubre las visitas al médico y otros servicios para pacientes ambulatorios. Parte D de Medicare. La parte de Medicare que proporciona cobertura de medicamentos recetados.

La Parte D es administrada por planes privados aprobados por Medicare. Puedes obtener la cobertura de la Parte D en un plan independiente o como parte de una póliza de Medicare Advantage.

Cobertura de salud privada y complementaria creada para cubrir las carencias de la cobertura de Medicare. También se conoce como seguro complementario de Medicare. En una solicitud de beneficios jubilatorios, conyugales o para viudos, es el mes que el solicitante elige para que comiencen los beneficios.

Un tipo de beneficio que puede recibir el cónyuge o cónyuge divorciado de un trabajador asalariado fallecido por el hecho de hacerse cargo del hijo menor de 16 años o discapacitado de dicho trabajador. My Social Security. Una cuenta en línea que puedes establecer en el sitio web del Seguro Social y usar para verificar tu registro de ingresos, obtener un cálculo de beneficios futuros y acceder a otros servicios, como solicitar una tarjeta de Seguro Social de reemplazo o cambiar la información de depósito directo para cobrar beneficios.

No es necesario que estés recibiendo beneficios para abrir una cuenta de My Social Security. Una medida de la variación salarial calculada por el Seguro Social y utilizada para actualizar anualmente el límite de ingresos, los ingresos máximos imponibles y otras cifras clave que determinan el derecho a recibir beneficios y el monto de los pagos.

El trabajo para un empleador que no retuvo los impuestos del Seguro Social de tu salario. La gran mayoría de los lugares de trabajo de EE.

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Un préstamo intimo a plazos ofrece a las prestatarios la cantidad fija de dinero que reembolsan a lo largo de algún período dispuesto.

Porcentaje de población afectada por el riesgo no controlado Np4 : Para esta consideración se tendrá el porcentaje de trabajadores as , expuestos al riesgo, que potencialmente se ven afectados por la materialización del mismo, según los siguientes criterios:.

La relación utilizada para ponderar los aspectos anteriores es:. FR : es el factor porcentual de recargo aplicado sobre las primas definidas para la póliza del patrono infractor. Npi : es el factor nivel de ponderación, el cual se define de conformidad con los puntos del 1 al 4.

Cálculo de recargo de la prima Rp. Definido el factor de recargo FR , se aplica el resultado -en forma automática- a la prima a devengar Pd , según lo establecido en el artículo del Código de Trabajo, mediante la siguiente relación:.

Pd: Prima a devengar. Aplicación del recargo. El incremento se aplica a la prima a devengar, en cualquier momento de la vigencia de la póliza; se cobra como recargo del Seguro, por la agravación de riesgo existente.

Cuando no se adopten las medidas preventivas dictadas por la administración del seguro de riesgos del trabajo, se procederá con tal recargo en el porcentaje referido en el artículo del Código de Trabajo, dividido en veinticuatroavos, para el primer y segundo año de incumplimiento, hasta alcanzar el máximo en el tercer año de mantenerse esta condición, así:.

a Para el primer año y segundo año:. b Para el tercer año:. Ni: serán los períodos meses , transcurridos desde que se comunicó la sanción hasta realizar el cobro. El pago se debe realizar con el primer cobro del seguro posterior a la sanción.

Este recargo a la prima se aplica luego que se ha comunicado al patrono renuente, en razón de no haber cumplido lo que establece el artículo , inciso d del Código de Trabajo y se elimina a partir del momento en que el Instituto compruebe, por medio de las autoridades competentes, el cumplimiento de las medidas preventivas por parte de la empresa.

Concepto del seguro. El seguro de Riesgos del Trabajo le permite al patrono, por el pago de una prima, proteger su responsabilidad por los riesgos del trabajo que sufran los trabajadores, ante la eventual ocurrencia de accidentes y enfermedades laborales a que están expuestos en el desempeño de su labor.

El precio del seguro contiene al menos tres elementos relevantes: es equitativo, pues se cobra de acuerdo al riesgo a que se expone el patrono; es solidario, pues con la contribución de todos se pagan los infortunios del trabajo que ocurran a los afectados; es suficiente, ya que se cobra a cada asegurado el monto que, al ser agregado a las sumas pagadas por los demás, permite la satisfacción completa de los costos de los accidentes.

Componentes tarifarios y de la prima. La filosofía del modelo de este seguro es de reparto en cuanto a los beneficios de atención médica e incapacidad temporal y de capitalización respecto a los beneficios de incapacidad permanente y muerte.

La tarifa o precio del seguro se compone de beneficios a los trabajadores, gastos de previsión y gastos administrativos. De este último rubro, los componentes principales están relacionados con la dotación de la infraestructura sanitaria y administrativa.

Los beneficios a los trabajadores se subdividen en: incapacidad temporal, incapacidad permanente, atención médica-sanitaria y prestaciones económicas para los derechohabientes de los trabajadores fallecidos y demás derechos consignados en el artículo del Código de Trabajo, así como todos aquellos beneficios otorgados administrativamente, mediante Acuerdo de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Seguros.

Los gastos de previsión son los que garantizan seguridad de pago de los beneficios y son la provisión para contingencias y el reaseguro. La prima que paga el asegurado está en función de los componentes anteriores. No obstante, cuando al riesgo normal de la actividad se agregan elementos que lo agravan, se le incorpora un recargo, tal como el que se aplica por la falta de cumplimiento en las medidas preventivas que recomienden los inspectores del Instituto o del Ministerio de Trabajo, o no se cuenta con organización preventiva, acorde a la actividad, perfil de riesgo y número de trabajadores.

Estructura del manual de tarifas. El manual de tarifas clasifica a las empresas según su actividad económica. Estas actividades económicas tienen asignada una tarifa según su nivel de riesgo.

Recargo por fraccionamiento, según forma de pago. Estos recargos no se considerarán como parte de la prima para ningún efecto de cálculo en el que intervengan las primas. Recargos para póliza Trabajador Independiente.

Para este tipo de póliza en particular, tendrán cobertura los siniestros que ocurran en el lugar de trabajo señalado en el contrato póliza y como consecuencia de la actividad económica asegurada. El ámbito de cobertura para este tipo de póliza se regirá conforme lo establecer la ley supra citada, en su artículo Cuando por condiciones propias del trabajo se deba trasladar fuera del país, estarán amparados los riesgos que se derivan de la actividad a realizar.

Tarifa inicial para empresas nuevas. Las empresas nuevas o patronos que suscriban el seguro por primera vez, tendrán como tarifa inicial la establecida en el Manual de Tarifas vigente del Instituto, según la s actividad es económica s.

Cuando existan condiciones que agraven el riesgo, la tarifa podrá ser variada, según lo establece el artículo del Código de Trabajo. Las tarifas deben estar homologadas conforme se describen en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas CIIU 3.

Recargo para pólizas temporales. Para trabajos temporales, cuya vigencia sea inferior a un año, la tarifa aplicable es la anual según la actividad económica que se trate, pagadera en un sólo tracto por adelantado.

Determinación de la tarifa en cada período. Los elementos que componen el estudio de experiencia son los siguientes:. Años que componen el período de estudio : Se refiere a los últimos 3 años póliza, sin considerar el inmediato anterior.

En caso de vigencia inferior a 3 años se considerarán los períodos acumulados a la fecha sin considerar el inmediato anterior. Prima neta : Es la prima que se deriva de la liquidación del periodo póliza, basado en el monto asegurado realmente consumido.

Tarifa vigente : Es la tarifa que se aplicó durante el último período vigente. Tarifa inicial : Es la consignada en el Manual de Tarifas vigentes del Instituto, correspondiente a la actividad económica. Tarifa Ponderada : Es el resultado de dividir la sumatoria de las primas netas entre la suma de los montos asegurados de los períodos involucrados en el estudio.

El procedimiento para la determinación de la tarifa de cada período es:. De la aplicación de esta fórmula se obtiene el factor que se denomina Coeficiente de Variación, el cual se utiliza para la renovación del contrato de seguro y se aplica automáticamente de acuerdo con la siguiente tabla:.

Coeficiente de variación Descuento o recargo. De 0 a menos de 10 El resultado obtenido. Nota : Para los efectos de un descuento por buena experiencia el resultado de la fórmula es un valor en términos negativos - , sin embargo para su cálculo se toma su valor absoluto.

Este coeficiente de variación define el porcentaje de descuento o recargo que se aplicará, multiplicando el mismo por la tarifa ponderada de los años en estudio.

Su resultado se suma recargo o se resta descuento de la tarifa del último período y constituye la tarifa por aplicar al período a renovar.

El descuento por concepto de bonificación se aplicará a aquellas pólizas cuya tarifa vigente sea superior a la Tarifa Inicial. La tasa de renovación debe ser igual o superior a la tarifa Inicial de la póliza. Descuentos y Recargos a la tarifa.

Sector Público. La administración de las pólizas del estado, instituciones públicas y municipalidades, se regirá por las condiciones establecidas en el Addéndum para pólizas del Sector Público.

Bonificación a través de la homologación por gestión preventiva empresarial. Factores que influyen en el monto a pagar al inicio de cada período póliza. Prima Provisional. La prima provisional es la que se estima al inicio de cada período del seguro, tomando como base los montos asegurados, tal como se indica en el aparte 9.

Requisitos generales para la emisión del seguro. A efecto de tramitar el Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo, el patrono deberá proporcionar la siguiente información:. Nombre del Patrono, persona física o jurídica.

Copia de la cédula física o certificación de personería jurídica. Dirección para notificaciones o correspondencia, dirección exacta del lugar de residencia del patrono o apoderado de la empresa, u oficinas, dirección por señas, indicando el número telefónico, fax, apartado postal y correo electrónico.

Dirección exacta donde se efectúan los trabajos. Clase de trabajos a realizar en forma temporal o permanente. Actividad económica de la empresa, indicando la actividad principal a la que se dedica. Nombre, número de cédula, ocupación, salario de cada una de las personas contratadas o estimación de las personas por contratar.

Nombre y firma del patrono o representante autorizado. En caso de personas jurídicas, se debe indicar la relación existente entre el firmante y la empresa Propietario, Gerente o Representante Legal.

Para la actividad de la construcción se deberá presentar la boleta municipal original expedida por la Municipalidad respectiva en donde se indique el nombre del propietario del proyecto o vivienda y el monto s de la obra s o proyecto s.

En caso de no existir boleta municipal por estar exonerado el proyecto de la presentación de dicho requisito, debe presentar: copia de contrato de construcción o contrato de consultoría del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos CFIA , u orden de compra, tratándose de licitaciones o contratos directos.

Para emisiones de pólizas permanentes de construcción o actividades afines el monto asegurado mínimo anual es de ¢ En caso de emitir el seguro con proyectos en que el monto asegurado sea inferior al mínimo anual, se considera siempre este mínimo. Si el trámite se realiza con un Intermediario de Seguros, la solicitud de emisión debe adjuntar comprobante del depósito sobre primas donde se consigne el monto pagado, la fecha de recibo del dinero y el código del Intermediario de Seguros.

Requisitos generales para la reexpedición del seguro. A efecto de tramitar la reexpedición del Seguro de Riesgos del Trabajo, el patrono deberá proporcionar la siguiente información:. Para la reexpedición de pólizas permanentes de construcción o actividades afines el monto mínimo anual es de ¢ Aunque el Patrono, Contratista General o intermediario cuente con este seguro mínimo, para tramitar permisos de construcción ante la Municipalidad siempre debe presentar la respectiva boleta ante el Instituto, para el correspondiente aseguramiento.

Permanencia del Seguro. El seguro tiene carácter obligatorio y es permanente mientras haya vigencia de la actividad laboral. Solamente se suscribe una póliza por patrono o persona jurídica, cuando se trate de actividades económicas afines.

En el caso de que algún patrono haya suscrito un nuevo seguro para la misma actividad, se le cancelará el seguro nuevo emitido y se procederá a reexpedir la póliza inicial trasladando las primas pagadas, dando vigencia a ésta a partir de la fecha de emisión del seguro que se canceló.

También se trasladarán planillas, casos y costos a la póliza emitida inicialmente. Lo anterior operará también cuando suscriba un seguro bajo una nueva persona física o jurídica en que coincidan las siguientes variables conjuntamente, previa comprobación por parte del Instituto:.

Mantiene los mismos trabajadores,. Lugar de los trabajos,. Actividad económica,. Salvo en aquellos casos en que el asegurado haya cumplido con lo establecido en el aparte Pólizas Temporales. Se emiten para una actividad determinada, que tiene su fin en una fecha conocida.

Las pólizas suscritas para actividades cuya duración es menor a un año, deberán realizar el pago por adelantado y no puede ser fraccionada. Las pólizas suscritas para actividades cuya duración es mayor a un año pero menor a dos años podrán realizar el pago de forma fraccionada con el correspondiente recargo de pago fraccionado.

Las pólizas suscritas para actividades que superen los dos años se catalogarán como permanentes. Monto Asegurado. Por efectos prácticos, el resultado se redondea a diez miles. Se entenderá por asegurado, al propietario de la obra o al contratista general que haya suscrito la póliza para cubrir un determinado proyecto.

Cuando se trate de actividades de construcción y afines, según se define en el aparte 20 Definiciones de esta Norma, conforme se describen en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las Actividades Económicas CIIU 3 , las pólizas que se emitan serán por un monto asegurado que se calculará, multiplicando el valor de la obra indicado en boleta municipal, contrato de consultoría del CFIA, licitación pública, licitación privada, contrato directo ó contrato por servicios u orden de compra, por el porcentaje aportado por el patrono.

En caso de existir diferencias en los montos de los documentos citados, prevalecerá el superior. La estimación del valor de la mano de obra en el proyecto será la declarada por el patrono, según la naturaleza de la obra y previo a la iniciación de esta.

Además, deberá aportar la justificación técnica del proceso constructivo, resumen de presupuesto y cronograma de obra que lo respalde. En caso de que el patrono, contratista general ó intermediario omita la presentación de los atestados indicados en el apartado 9. Naturaleza de la obra.

Edificaciones generales. Obra Civil intensivas en maquinaria y materiales acueductos, carreteras, puentes, líneas eléctricas subterráneas, movimientos de tierras, excavaciones, obra hidroeléctrica y electromecánica. Para esto, el seguro debe ser suscrito directamente por el beneficiario.

Si el valor de la obra sobrepasa el monto de construcción de interés social aprobado por el BANHVI vigente a la fecha de otorgamiento del bono, se aplicarán los porcentajes correspondientes a las edificaciones generales. Cuando se trate de un asegurado, persona física o jurídica, que permanentemente se dedica a la actividad de construcción o actividades afines, la póliza debe ser permanente y el monto asegurado para el período se determinará de la siguiente manera:.

Se suma el monto de todos los proyectos de conformidad con el valor indicado en los documentos referidos en el inciso 9, del apartado 9. Para la póliza del propietario, contratista general o intermediario, en la determinación del monto asegurado, le serán descontados todos aquellos montos correspondientes a etapas del proyecto a cargo de intermediarios que cumplan con los siguientes requisitos:.

Cuando en el transcurso del período vigente de la póliza, se genera un cambio en el monto asegurado en razón de un nuevo proyecto o subcontrato, se deberá informar por escrito al Instituto previo a la iniciación del mismo, para que mediante la aplicación del proceso indicado en el punto 1.

anterior, sea actualizada la prima por el resto del período de vigencia del seguro si así lo amerita. La omisión de este requisito implica que la obra se tasará con el porcentaje de obra indicado en el punto Edificaciones Generales de la tabla incluida en el aparte 9.

Empresa: nombre de la empresa como consta en el registro del Instituto, es decir con el que se emitió la póliza. Póliza Nº: se refiere al número de la póliza de Riesgos del Trabajo vigente en la cual se aseguran los trabajadores para el proyecto en cuestión.

Ubicación: provincia, cantón, distrito, señas exactas de la ubicación del proyecto. Costo del proyecto según boleta municipal, licitación pública, licitación privada, contrato directo, contrato por servicios u orden de compra: se anota el valor de la obra consignado en el documento referido.

Fecha de inicio y finalización del proyecto: fechas aproximadas. Monto Global del proyecto asumido por el patrono asegurado. Monto de mano de obra estimado por el asegurado. Dicho monto será revisado por profesionales en ingeniería del Instituto. Se debe señalar las etapas del proyecto que se subcontratarán, la duración, el inicio y conclusión del trabajo de cada uno de los subcontratos.

De existir los intermediarios al momento de presentar la información, se debe indicar el nombre o razón social del mismo, el monto de la obra asumida y la actividad subcontratada. No obstante, el hecho de declarar de previo los subcontratos, no exime al contratista de la responsabilidad por la etapa subcontratada, hasta tanto, el Instituto no emita la constancia respectiva que avala el aseguramiento, previo a la iniciación de la actividad subcontratada.

Si el propietario de la obra, contratista general o intermediario solo señala las etapas del proyecto asumido por los intermediarios, sin citar sus nombres y números de póliza, deberá cumplir adicionalmente con los siguientes requisitos:.

El propietario de la obra o contratista deberá aportar la constancia del seguro de los intermediarios, que será el único documento que le exima del pago de la prima correspondiente.

El Instituto procederá a validar la información de los intermediarios y se mantendrá como parámetro la fecha inicialmente declarada, salvo que el contratista general haya efectuado las variaciones respectivas antes del vencimiento de ese plazo.

Presentar al Instituto copia del contrato o el formulario definido por el Instituto para reportar los detalles del contrato de construcción, requeridos para tramitar la constancia. Igual procedimiento deberá seguir cuando exista una readecuación del valor declarado inicialmente.

Para todas las partidas y subcontratos declarados al inicio del proyecto, una vez valorado el aseguramiento y pagadas las primas respectivas cuando corresponda, el Instituto emitirá la constancia del seguro por el contrato de que se trate, indicando el monto del mismo, la actividad cubierta y proyecto en que se ejecutará, éste será el único documento válido que debe ser presentado al Contratista General del Proyecto o Propietario, dentro del plazo de 8 días antes del inicio de la actividad en el proyecto para validar el aseguramiento y el monto de la contratación.

Dicha suma será incorporada en el recibo de cobro siguiente inmediato que deba hacer el propietario de la obra, contratista general o intermediario, según corresponda, sea abono o renovación si el pago lo realiza en forma semestral o trimestral. En caso de mantener una forma de pago anual, se determinará un aumento de seguro que deberá pagarse en un plazo no mayor a 8 días hábiles después de su notificación.

La responsabilidad del propietario y del contratista general subsiste durante toda la participación del intermediario, en la etapa de proyecto objeto del subcontrato, de tal forma que en caso de incumplimiento del intermediario en cuanto a mantener vigente el seguro, será asumida por el propietario o contratista general.

Para todos los efectos el monto asegurado no podrá ser inferior a la suma de ¢ Para pólizas de producción agrícola, el monto asegurado se obtiene de la producción estimada por el patrono, multiplicado por el precio de recolección de la unidad de medida.

Para optar por esta modalidad de seguro, es requisito indispensable que el patrono cuente con una póliza vigente que asegure de forma permanente las labores de agricultura.

Con este dato se procede al cálculo, con la siguiente fórmula:. En donde,. El monto asegurado se redondea al diez mil inmediato superior. Si el patrono solicita período de cobertura mayor el monto asegurado se incrementará aplicando el promedio mensual para cada mes adicional en que se incremente dicho período.

Para actividades diferentes a construcción y producción agrícola, el monto asegurado se determinará en función del contrato u orden de compra, establecido por las partes para el servicio prestado, sin que éste pueda ser inferior al salario mínimo legal de la actividad que se asegura.

Para el cálculo del monto asegurado en pólizas permanentes diferentes a construcción con forma de pago trimestral o semestral, se determinará para cada abono el monto asegurado con base en las planillas presentadas. Para el cálculo del monto asegurado en pólizas permanentes de construcción con forma de pago trimestral o semestral, se determinará para cada abono el monto asegurado de acuerdo con el procedimiento establecido en el aparte 9.

En caso de no existir planillas presentadas o sustituidas el monto asegurado se calculará con base en la sumatoria de los montos de mano de obra de proyectos o subcontratos que estén declarados y consignados en la póliza y el monto asegurado del último periodo de pago realizado.

Requisitos para solicitud de constancias para el trámite de los permisos de construcción ante las Municipalidades u órganos estatales.

Para solicitar la certificación para el trámite de los permisos de construcción ante las municipalidades, u otro órgano que lo requiera, el propietario de la obra o contratista general o la persona que éstos autoricen por escrito debe tramitar la póliza que otorgue la cobertura de Riesgos del Trabajo a los trabajadores que intervendrán en la ejecución de la obra.

Adicionalmente, cuando la obra se va realizar por medio de empresas constructoras aseguradas, se debe atender lo siguiente:.

La empresa constructora o intermediario debe notificar por escrito al Instituto, en el plazo de 8 días previos al inicio de la obra, que ha sido contratada para construir la obra correspondiente y adjuntar copia del respectivo contrato.

Aportar los requisitos establecidos en el aparte 9. De no ser suficiente el monto asegurado, de acuerdo con el período de vigencia y el valor de la obra, el Instituto solicitará el pago del aumento de seguro respectivo. Período de pago tardío.

Se establece un periodo de 10 días naturales a partir del vencimiento del último período póliza pagado, durante el cual el pago a recibir tendrá un cargo moratorio, según la tabla siguiente:.

FORMA DE PAGO DE LA PÓLIZA. DÍAS ATRASO Trimestral Semestral Anual. Dicho factor se aplicará sobre la prima a pagar. El factor será actualizado anualmente, por la Subdirección Actuarial del Instituto.

Obligación del patrono respecto a la presentación de planillas. Es obligación de todo patrono, sea del sector público o del sector privado, remitir dentro del período establecido, un estado de planillas de los trabajadores de su empresa.

Se establece como período de recepción ordinario de planillas, los primeros 10 días naturales del mes, y como período extemporáneo entre el día 11 y 12 de cada mes, posteriores al mes que corresponde la planilla; esto sin perjuicio de la aplicación de las sanciones legales que se estipulan en el Título IV del Código de Trabajo, relativos a este aspecto.

Si el día 10 y 12 de cada mes se ubica dentro del fin de semana -entendiéndose este como sábado y domingo- o en un día feriado, el plazo de recepción se extenderá hasta el día hábil inmediato siguiente.

Concluido el plazo extemporáneo, el Instituto no recibirá planillas y considerará, para registrar la planilla faltante, el monto de la última planilla reportada, para lo cual se contemplarán los reportes presentados con anterioridad al omitido dentro del período vigente. En caso de no encontrar planilla reportada por el patrono para aplicar en el proceso de sustitución dentro del período vigente, se utilizará para ese efecto la última presentada en el período inmediato anterior, y así sucesivamente hasta alcanzar el primer período de la póliza, ya fuera por emisión o reexpedición.

Para aquellas empresas que tengan forma de pago bisemanal, se deberán cumplir los siguientes requisitos:. El periodo a reportar en la planilla deberá corresponder a un mes calendario, es decir periodos de no más de 30 o 31 días naturales, de tal forma que cada periodo-póliza se conformará de 12 reportes, uno por cada mes calendario.

Si en razón de que la fecha de corte de planilla es distinta al último día del mes calendario, deberá, con el pago del recibo de renovación de periodo, por única vez, remitir el programa de pagos de la empresa para dicho periodo, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de cada reporte.

Dicho programa de pagos se incluirá en los sistemas informáticos de Riesgos del Trabajo a efecto de validar el aseguramiento de los trabajadores de conformidad con la fecha de ingreso, según corresponda. Los trabajadores de nuevo ingreso a la empresa, deben ser reportados al Instituto, mediante el formulario de inclusión provisional antes de iniciar las actividades laborales y ser incluido en el reporte mensual de planilla del periodo respectivo tomando en consideración la fecha de ingreso a la empresa.

Formato para presentación de planillas. Las planillas deben ser presentadas utilizando el formato que para ese efecto pone el Instituto a disposición de los asegurados por medio electrónico Internet o por medio magnético disquete, disco compacto ó dispositivo USB y en caso de no contar con estas herramientas tecnológicas, en formulario tradicional pre impreso en original, éstos últimos se deben presentar en letra imprenta y sin correcciones, directamente en las diferentes dependencias, oficinas del Instituto y oficinas de intermediarios de seguros, ubicados en todo el país.

El formulario utilizado debe cumplimentarse con la siguiente información:. Es deber de todo patrono remitir el reporte de planilla en original debidamente cumplimentado, de no cumplir con este requisito o bien presente el documento con datos inconsistentes, su recepción no conllevará obligación de procesarla para el Instituto, por lo que se procederá a su devolución a la dirección que el patrono haya proporcionado en los datos de la póliza, en el plazo máximo de 8 días a partir de su recepción.

La planilla faltante se registrará en los términos anotados en el aparte 9. En casos de excepción calificada y solo cuando se utilice en la presentación de la planilla a un intermediario de seguros, se podrá sustituir el documento original por una copia fotostática si:.

a El patrono no cuenta con acceso para enviarla por vía electrónica y por su ubicación física no cuenta con los medios tecnológicos para su envío oportuno. b El patrono asegurado autoriza por escrito al intermediario de seguros para que en su nombre firme en original la copia fotostática. c El intermediario de seguros se ajuste a los plazos de entrega del reporte de planillas establecidos por el Instituto.

d La copia fotostática, se encuentre debidamente cumplimentada, no presente inconsistencias, sea totalmente legible, y se presente con el sello y firma del intermediario de seguros.

Al igual que cuando la planilla se presenta en documento original, la recepción de la copia fotostática no conllevará obligación de procesarla para el Instituto, cuando presente inconsistencias o esté incompleta, por lo que se procederá a su devolución en un plazo máximo de 8 días a partir de su recepción, a la dirección que el patrono haya proporcionado en los datos de la póliza.

Los canales de comercialización autorizados por el Instituto, que brinden el servicio de recepción de planillas de Riesgos del Trabajo, deberán recibir de los patronos la documentación dentro de los plazos legales estipulados y en ese sentido están obligadas a depositarlas al Instituto en el lugar y dentro de los plazos y condiciones fijados, siendo que el incumplimiento de esta obligación acarrea responsabilidad al canal de comercialización.

En caso de entrega tardía de las planillas, responderá ante la Institución por los daños y perjuicios ocasionados.

Responsabilidad y Subrogación. Cuando el patrono se muestre renuente a suscribir el seguro, se procederá a la tasación de oficio conforme al acta que levante el inspector del Instituto, lo cual se hará basado con la información salarial según el Decreto de Salarios Mínimos vigente, correspondiente a la actividad particular.

Lo anterior no generará responsabilidad hacia el Régimen de Riesgos del Trabajo por los costos derivados de accidentes que ocurran a trabajadores del patrono infractor, durante el período comprendido desde la notificación de la tasación hasta la fecha en que se haga efectivo el pago del seguro, por lo que el Instituto queda facultado para operar la subrogación por dichos costos conforme se establece en los artículos , y del Código de Trabajo.

De las Exoneraciones al Seguro de Riesgos del Trabajo. La exoneración del Seguro de Riesgos del Trabajo se otorga al amparo del artículo del Código de Trabajo, en el entendido que los trabajadores no amparados conforme a ese artículo, quedan sometidos a las disposiciones del Capítulo Octavo del citado Código, en los términos de su artículo Para efectos de tramitar la exoneración del seguro, se requiere cumplir con los siguientes requisitos:.

Original y copia del Permiso Sanitario de Funcionamiento otorgado por el Ministerio de Salud. Copia de la solicitud de patente o recibo pagado. Cumplimentar el formulario de solicitud de exoneración del seguro. Original y copia de la cédula de identidad por ambos lados del solicitante.

Prima Mínima. La suma mínima vigente que se cobra para un período póliza anual o periodo corto , se fija en diez mil colones. Clasificación del seguro de Riesgos del Trabajo. El Seguro de Riesgos del Trabajo, se clasifica en dos grupos básicos:. Pólizas para construcción.

Pólizas para producción, en actividades estacionarias. Pólizas para actividades deportivas y recreativas organizadas por la empresa. Póliza para otras actividades. Pólizas Permanentes. Póliza general RT-.

Póliza RT-Hogar. Póliza RT- Patrono Asegurado. Póliza RT-Independiente. Póliza RT-Adolescente. Póliza RT-Sector público. Es el documento formal que se entrega al asegurado, el cual define al patrono, las labores aseguradas, el lugar de los trabajos, la clase de póliza, el número de identificación de la póliza emitida y la vigencia del seguro, según lo estipulado en el artículo del Código de Trabajo.

Este contrato es de adhesión y solo podrá modificarse según establece el artículo del Código de Trabajo en la renovación del seguro. Es el documento formal que se entrega al asegurado, adicional al contrato-póliza, cuando el patrono decide voluntariamente incorporarse dentro del seguro de Riesgos del Trabajo.

En el mismo se consignan las disposiciones adicionales que regulan al patrono-asegurado así como al patrono-independiente, según se detalla a continuación:.

Se ampararán únicamente los infortunios ocurridos dentro de la jornada de trabajo establecida de previo en el addéndum. Se excluyen los riesgos en trayecto, o sea los accidentes derivados del traslado del domicilio al trabajo y viceversa.

Se definen los requisitos para el cálculo del monto del salario diario, así como el salario anual. En este sentido señala: El monto del salario diario, que servirá de base para el pago del subsidio por incapacidad temporal, así como el salario anual que se tome en cuenta para el pago de indemnización por incapacidad permanente, o pago de rentas a derechohabientes en caso de fallecimiento del patrono asegurado, se determinará de modo tal que el subsidio que perciba el accidentado, bajo ninguna circunstancia, sea superior a los porcentajes establecidos en el artículo del Título IV del Código de Trabajo, aplicados estos a su ingreso regular mensual debidamente comprobado.

Bajo ninguna circunstancia, el ingreso regular mensual que se utilizará en el cálculo del salario diario y anual será superior al monto declarado por el patrono en la póliza.

Los ingresos del patrono asegurado se definen como: los ingresos reportados como tales en la declaración personal para el impuesto sobre la renta presentada al Ministerio de Hacienda en el período inmediato anterior al accidente. Si no pudiere demostrar los ingresos por no ser declarante de la renta, el cálculo del salario diario y anual se hará tomando como base el salario mínimo legal devengado en la actividad en la cual se desempeñaba, la que deberá ser fehacientemente comprobada, a satisfacción del Instituto Nacional de Seguros.

Sí no es irrefutablemente comprobada la disminución económica que pueda sufrir a raíz de la incapacidad temporal, a satisfacción del Instituto Nacional de Seguros, no procederá el pago de subsidio por esa incapacidad temporal. La entrega del documento es una formalidad dentro del trámite de emisión, la omisión en este sentido no exime al patrono de cumplir con los requisitos que el mismo le impone.

Emisión de la póliza. El Seguro de Riesgos del Trabajo podrá ser emitido a través de:. Las Oficinas Centrales o Sedes del Instituto Nacional de Seguros. Intermediarios de seguros. Venta de autoexpedibles. Durante este período será responsabilidad del patrono asumir los costos correspondientes a casos no asegurados, conforme se establece en los artículos , y del Código de Trabajo.

Se presentan dos formas de reexpedir la póliza, a saber:. a Reexpedición sin cálculos: Exclusivo para pólizas permanentes, que no cuenten con bonificación en la tarifa y que además no soliciten modificar la forma de pago. Este cálculo es automático y no se requiere la solicitud de reexpedición pues se considerará el monto y prima calculada para el último recibo emitido y no pagado por el patrono de abono o renovación y se genera un recibo de reexpedición por el mismo monto, considerando la nueva vigencia de acuerdo a la fecha de reexpedición y forma de pago.

Sólo se aplicará a pólizas que no superen 30 días naturales de vencimiento. a Reexpedición con cálculos: Se aplicará cuando, la póliza sea permanente y tenga más de 30 días naturales de haberse vencido. Además en aquellos casos en que el patrono solicite cambio en la forma de pago o cuente con tarifa bonificada al momento de reexpedir se pierde la bonificación.

Se considerará el monto asegurado resultante de anualizar la planilla mensual por la tarifa a aplicar. La tarifa a aplicar será la que se registre en el manual de tarifas vigente del Instituto, más el cargo que se derive de la siniestralidad negativa, según el aparte 8.

En caso de que la tarifa calculada resulte inferior a la última tarifa vigente de la póliza, se aplicará para la reexpedición la última tarifa vigente de la póliza. Para el caso de las pólizas permanentes de la actividad de construcción el proceso es el siguiente:.

Si no tiene proyectos, las pólizas se podrán reexpedir con cálculos. Si declara proyectos nuevos se aplicará lo contemplado en los apartes 9. Costo Administrativo por Póliza.

Se establece un costo administrativo de ¢ Ajuste de salarios en los reportes de planillas. Los salarios reportados por el patrono en el detalle de planillas se ajustan en todo momento, a los mínimos por ocupación establecidos en el Decreto de Salarios Mínimos para el mes que corresponde.

De igual forma, cuando un trabajador o grupo de trabajadores labora media jornada o tiempo superior a media jornada pero inferior a jornada completa, se computará el monto salarial mínimo por ocupación que devengaría si hubiese trabajado la jornada completa.

Para trabajadores de nuevo ingreso, el salario computado será proporcional a los días laborados en el mes de ingreso. Inclusión de trabajadores en las planillas. El patrono debe incluir a los trabajadores de nuevo ingreso, mediante la boleta de Inclusión provisional de trabajadores, que el Instituto dispone en forma física en el formulario pre impreso o electrónica vía internet.

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Go to Series Main Page. Como muchas entidades gubernamentales, la Administración del Seguro Social tiene su propia jerga especial. Conocerla te puede permitir orientarte mejor con las reglas y regulaciones y comprender mejor tus beneficios del Seguro Social. Lee esta lista alfabética para conocer algunos de los términos y acrónimos más importantes.

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Únete a AARP. Un funcionario designado por el Gobierno federal, que tiene experiencia en materia de derecho, preside las audiencias y emite fallos sobre las solicitudes y los beneficios del Seguro Social. Un procedimiento para impugnar una decisión de la Administración del Seguro Social sobre una solicitud o beneficios.

Si no estás de acuerdo con una decisión en un nivel, puedes apelarla en el siguiente. El proceso de apelación comprende cuatro pasos sucesivos:. El organismo de la Administración del Seguro Social que examina las apelaciones de fallos que emiten los jueces de derecho administrativo.

El formulario que debes llenar y firmar para solicitar beneficios del Seguro Social, la Seguridad de Ingreso Suplementario SSI o de Medicare. Una persona que designas formalmente para que te represente en una solicitud de beneficios o una apelación del Seguro Social. Un representante autorizado puede asistir a las reuniones con los funcionarios del Seguro Social, ayudarte a reunir pruebas para respaldar tu reclamación y acceder a la información de tu expediente del Seguro Social, entre otras cosas.

Alguien que simplemente te ayuda a llenar una solicitud u otro formulario no necesita ser un representante autorizado. Beneficios que se otorgan al cónyuge y los hijos de un trabajador asalariado que se basan en el registro de ingresos de dicho trabajador.

También se conocen como beneficios familiares. Una suma monetaria que representa tu ingreso mensual promedio durante toda tu vida laboral. Se obtiene al promediar hasta 35 de los años con mayores ingresos ajustados según el incremento salarial histórico y dividir la cifra resultante por 12 para llegar a una media mensual.

El promedio AIME es esencial para calcular los beneficios del Seguro Social. Una carta oficial que explica la decisión de la Administración del Seguro Social sobre tu solicitud de beneficios.

También se conoce como aviso de decisión. Un documento que el Seguro Social proporciona a pedido y que puedes utilizar como comprobante de pago de tus beneficios, Seguridad de Ingreso Suplementario o Medicare. También se conoce como carta de beneficios, carta de presupuesto, carta de comprobante de adjudicación o carta de comprobante de ingresos.

El compendio en línea de la Administración del Seguro Social de trastornos físicos y mentales que corresponden a la definición de incapacidad de la agencia y los criterios médicos que habilitan a quienes padecen uno de dichos trastornos para recibir beneficios por incapacidad.

Un cálculo que puede ayudarte a determinar el momento de solicitar tus beneficios jubilatorios, teniendo en cuenta que cuanto más tarde comiences a cobrar los beneficios, mayores serán tus pagos mensuales.

Por lo tanto, la suma total de los pagos que comienzas a recibir al llegar a la edad plena de jubilación o más tarde podrá alcanzar la suma de los pagos mensuales reducidos que puedes comenzar a cobrar antes.

Cuanto más tiempo anticipes que vas a vivir pasado ese punto de equilibrio, más podrías cobrar si retrasas el inicio de tus beneficios. La persona sobre cuyo registro de ingresos de toda la vida se presenta una solicitud de beneficios, incluidas las solicitudes de los cónyuges y otros dependientes.

También se conoce como trabajador asalariado, trabajador o persona asegurado. Un hijo biológico, adoptivo, hijastro o nieto dependiente que podría reunir los requisitos para recibir beneficios basados en el registro de ingresos de un trabajador. Una iniciativa del Seguro Social que permite agilizar la tramitación de las solicitudes de beneficios por incapacidad de las personas que padecen ciertos trastornos graves.

Los años en los que una persona percibió ingresos que se utilizan para calcular los beneficios del Seguro Social. Para los trabajadores jubilados, serán los 35 años de mayores ingresos. Para los trabajadores discapacitados y fallecidos, la cantidad de años de computación podría ser menor en función de la edad en la que se incapacitaron o fallecieron.

Un examen o estudio médico especial que el Gobierno solicita y paga cuando se necesita información adicional para procesar una solicitud de beneficios por incapacidad.

También se conoce como ingresos máximos imponibles, y es la suma de ingresos brutos anuales de una persona sobre la que se aplican los impuestos del Seguro Social, y la cantidad máxima de ingresos que se pueden computar para calcular los beneficios del Seguro Social.

Un ajuste anual de los beneficios del Seguro Social para que se mantengan al ritmo de la inflación. Es posible que este ajuste no se produzca en los años en los que la inflación es baja o nula, aunque es poco común.

Trabajo en el que tú y un empleador deben pagar al Seguro Social por medio de aportes de impuestos sobre la nómina. En la economía de Estados Unidos, la mayoría de los trabajos son empleos cubiertos.

Un índice de precios al consumidor para trabajadores asalariados y personal administrativo que compila el Gobierno federal y que se utiliza para calcular los ajustes anuales por costo de vida que realiza el Seguro Social.

El sobreviviente debe solicitar el beneficio global por fallecimiento antes de transcurrir dos años desde la muerte del trabajador. También se conoce como carta de adjudicación o carta de denegación, según el resultado.

Una norma que dispone que si en el momento de solicitar beneficios jubilatorios tienes derecho a recibir tanto tu propio beneficio jubilatorio como el conyugal, se considera automáticamente que solicitas ambos beneficios. Recibirás el mayor de los dos beneficios. Un aumento de tus beneficios jubilatorios que el Seguro Social aplica por cada mes que postergues tu solicitud de beneficios entre la edad plena de jubilación y los 70 años.

Una enfermedad o lesión que es lo suficientemente grave como para impedir que una persona trabaje durante por lo menos un año o que es probable que cause su muerte. La Administración del Seguro Social aplica esta norma para determinar si alguien tiene derecho a recibir beneficios por incapacidad.

Los pagos mensuales que se otorgan a una persona cuyo trastorno físico o mental corresponde a la definición de incapacidad del Seguro Social. La Administración del Seguro Social opera dos de estos programas de beneficios, el Seguro por Incapacidad del Seguro Social SSDI y la Seguridad de Ingreso Suplementario SSI.

La agencia estatal que trabaja en estrecha colaboración con la Administración del Seguro Social para evaluar las solicitudes de beneficios por incapacidad.

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